Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

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al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula numero N-4255, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 21° inciso g) y 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, con las visaciones de la Direccion General y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion Integral y Ratificacion del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que consta de XIX Disposiciones Generales, 38 articulos y 6 Disposiciones Complementarias y Finales, el mismo que entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Derogar el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Resolucion N° 226-2006-CNM, de 13 de MORDAZA de 2006. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA TALAVERA MORDAZA Presidente 1159951-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1159145-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 2200-2014 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice su inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolucion SBS Nº 2684-2013 de fecha 02 de MORDAZA 2013, se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Nº SBS-REGSGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas MORDAZA mencionadas; Que, la Comision Evaluadora en sesion de fecha 17 de diciembre de 2013, califico y aprobo por unanimidad la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Gobierno Regional MORDAZA, incorporando procedimientos administrativos y servicios de la Gerencia Sub Regional "Luciano MORDAZA Colonna"
ORDENANZA REGIONAL Nº 295-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el articulo 192º en su inciso 1 establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, de fecha 8 de septiembre, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, y se establecen

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