Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2014 (26/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

538440

El Peruano Miercoles 26 de noviembre de 2014

Aprueban Beneficio de Formalizacion para la obtencion de Licencia de Funcionamiento de los puestos, tiendas, kioscos, mesas del MORDAZA de propiedad municipal
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026-2014-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 12 de Noviembre del 2014, en la estacion Orden del Dia, el Informe Nº 154-2014-GSP/MBB-MPB, Informe Nº 0110-2014-GPP/MPB, Informe Legal Nº 1253-2014OAJ/MPB, e Informe Nº 095-2014-GM/MPB, relacionados al Proyecto de "Ordenanza Municipal que aprueba el Beneficio de Formalizacion para la obtencion de Licencia de Funcionamiento de los puestos, tiendas, kioscos, mesas del MORDAZA de Propiedad Municipal", y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de Ley, segun lo establecido en el numeral 4) del Art. 200º de la indicada Carta Politica, correspondiendole al Concejo Municipal su aprobacion, de conformidad con su funcion normativa. Que, en virtud de las Ordenanzas Municipales Nº 001-2012-AL-CPB, 008-2012-AL/CPB, 022-2003-AL/ CPB, 018-2009-AL/CPB, que sirvieron de base tecnica y normativa para la emision de la Resolucion de Alcaldia Nº 342-2014-AL/RUV-MPB, de fecha 02 de MORDAZA del 2012, la misma que DECLARA PROCEDENTE los pedidos de FORMALIZACION Y REGULARIZACION DE TIENDAS, KIOSCOS, PUESTOS Y MESAS DEL MORDAZA MODELO DE PROPIEDAD MUNICIPAL. Que, a la actualidad existen conductores de TIENDAS, KIOSCOS, PUESTOS Y MESAS, del MORDAZA MUNICIPAL que aun no cuentan con su respectiva licencia de funcionamiento. Siendo politica de esta gestion promover el mejoramiento y ordenamiento que coadyuven al crecimiento economico de nuestros vecinos comerciantes con la finalidad de darles oportunidades y facilidades, para la mejora de su productividad a traves de la formalizacion debida. Que, en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE FORMALIZACION PARA LA OBTENCION DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE LOS PUESTOS, TIENDAS, KIOSCOS, MESAS DEL MORDAZA DE PROPIEDAD MUNICIPAL Articulo 1º.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza tiene por objeto promover politicas de mejoramiento que coadyuven al crecimiento economico de nuestros vecinos comerciantes de nuestro MORDAZA municipal, de esta manera alcanzar y formalizar a todos los comerciantes conductores de PUESTOS, TIENDAS, KIOSCOS, MESAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, mediante la obtencion de la respectiva Licencia de Funcionamiento para cada uno de ellos. Articulo 2º.- PERIODO DE VIGENCIA CONCEDASE a los establecimientos comerciales un plazo de treinta (30) dias calendarios, a partir del dia siguiente de su publicacion a fin de que procedan a cumplir con lo establecido en la presente ordenanza. Articulo 3º.- DEL BENEFICIO ADMINSITRATIVO Las solicitudes que se presente dentro de la vigencia de la presente Ordenanza gozaran de un beneficio para

el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento, debiendo hacer un pago unico de S/. 50.00 nuevos soles. Articulo 4º.- REQUISITOS ESTABLECER que aquellos conductores de PUESTOS, TIENDAS, KIOSCOS, MESAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL que se encuentren dentro de los alcances del articulo primero, deberan formalizarse a traves de la obtencion de sus Licencias de Funcionamiento; y, para acogerse a este beneficio presentaran los siguientes requisitos: 1. Solicitud - Declaracion Jurada de Licencia de Funcionamiento (formato gratuito). 2. Declaracion Jurada de observa de condiciones de seguridad o inspeccion tecnica de defensa civil basica. 3. MORDAZA del Contrato de Adjudicacion. 4. Recibo de pago unico de S/. 50.00 nuevos soles. Podran acceder al beneficio de la presente Ordenanza los conductores de PUESTOS, TIENDAS, KIOSCOS, MESAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL que esten al dia en sus pagos de la MORDAZA Conductiva, segun contrato, caso contrario deberan sanear la deuda con el pago total o fraccionado. Articulo 5º.- SANCIONES Finalizada la vigencia de esta Ordenanza, se aplicaran las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS). Articulo 6º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial de Barranca. Articulo 7º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios Publicos, Secretaria General y demas areas involucras el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 1168909-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Otorgan Amnistia no tributaria para infracciones al MORDAZA y transporte e internamiento de vehiculo en el deposito Municipal Vehicular de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 035-2014-MPC Canete, 29 de octubre del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria del 24 de octubre del 2014, en atencion al Informe Nº 141-2014-GT-MPC, remitido por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, con el Dictamen favorable de la Comision de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Canete; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, en la que senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el inciso i) ­ articulo 17º, de la Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, senala que las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.