Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2014 (26/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Miercoles 26 de noviembre de 2014

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de sus deudas, tambien podran acogerse al presente beneficio, en cuyo caso la deuda estara representada por el saldo pendiente de pago, sobre el cual se debera de realizar el descuento previsto en el articulo 3º. Articulo 5º.- Beneficio en procedimiento en ejecucion coactiva Los administrados deudores de infracciones al MORDAZA y/o transporte, y que en el procedimiento de cobranza se encuentre con medidas cautelares de embargo, captura de vehiculo y otros, pueden acogerse al descuento previsto en la presente ordenanza, los que adicionalmente obtendran la exoneracion de los gastos accesorios, intereses, costos o gastos administrativos que hubiera generado en el tramite del cobro de la obligacion. Articulo 6º.- Beneficio para liberacion de vehiculo Establecer el beneficio del descuento del 90% del monto total de las deudas contraidas por concepto de internamiento de Vehiculo que mantengan los administrados por el internamiento de sus unidades vehiculares en las instalaciones del Deposito Municipal Vehicular de la Municipalidad Provincial de Canete y que hayan sido internado por disposicion judicial, fiscal, policial y/o infracciones al MORDAZA o transporte. El monto total afecto al descuento, se determinara en la liquidacion que realice la Sub Gerencia de Control y Sanciones de la Gerencia de Transporte, al momento que el administrado presente su solicitud de acogimiento al beneficio, debiendo de efectuar un unico pago en efectivo por el monto deducido como saldo pendiente. Articulo 7º.- Requisitos para beneficio de liberacion de vehiculo Los administrados para la liberacion de vehiculo, deberan presentar el recibo de pago de cancelacion senalado en el articulo anterior, ademas deben de presentar los requisitos exigidos en el MORDAZA vigente y el documento emitido por la autoridad competente en donde se exprese taxativamente la disposicion de entrega de la unidad vehicular a su propietario. Siendo improcedente todos los procedimientos que se presente sin el requisito previsto por el presente articulo. Articulo 8º.- Suspension del procedimiento de fraccionamiento Durante la vigencia de la presente ordenanza queda suspendido y por tanto no aplicable el procedimiento de fraccionamiento de pago para las deudas contraidas hasta el 30 de setiembre 2014, por concepto de infracciones al MORDAZA y al transporte. Articulo 9º.- Reinicio de cobro Establezcase, que concluido el periodo de vigencia de la presente ordenanza y bajo responsabilidad de los funcionarios competentes, se reiniciara la ejecucion de cobranza a favor de la Municipalidad Provincial de Canete, asi como las acciones administrativas en contra de los deudores que no se acogieron al beneficio otorgado por la presente ordenanza. Articulo 10º.- Del plazo de Vigencia El plazo de la vigencia de la presente ordenanza es hasta el dia 31 de diciembre del ano 2014, que se contabilizara al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 11º.- Se faculta a la autoridad MORDAZA, a efectos que por Decreto de Alcaldia, pueda dictar medidas complementarias para su aplicacion, asi como para disponer la prorroga del plazo de vigencia. Articulo 12º.- De la publicacion Encarguese a la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Canete, la publicacion efectiva de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, asi como la difusion a traves de la Sub Gerencia de Imagen Institucional y de los medios informativos locales. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1169126-2

Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdiccion y de conformidad con los reglamentos nacionales tienen como competencia de gestion, el de recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de MORDAZA, similar facultades se encuentra contemplado para el servicio especial de transporte de pasajeros en vehiculos menores, aprobado mediante la Ley Nº 27189. Que, en ejecucion del MORDAZA normativo delegado, se ha previsto la emision de normas complementarias a fin de regular el servicio de transporte en la provincia de Canete; en tal sentido se han aprobado escalas de infracciones y sanciones, a los servicios especial de transporte en vehiculos menores, taxi y MORDAZA dentro de nuestra jurisdiccion. Que, la prestacion del servicio sometido a MORDAZA regimen de fiscalizacion y control, efectuado por la Policia Nacional del Peru y los Inspectores de Transporte de la Municipalidad Provincial de Canete, han originado la acumulacion de infracciones tanto al MORDAZA como al transporte, por parte de conductores y propietarios de vehiculos privados y los destinados al servicio de transporte publico; los que despues del procedimiento administrativo, se encuentran pendiente de cobro, tanto en la via administrativa, como en la via coactiva. Que, la Municipalidad Provincial de Canete, a traves de la Ordenanza Nº 028-2013-MPC, aprobo "La amnistia no tributaria para infracciones al MORDAZA y Transporte e Internamiento de Vehiculo en el Deposito Municipal Vehicular"; en ese aspecto los conductores que mantenian deudas pendientes, originadas por dichas infracciones, tuvieron la oportunidad de acogerse al citado beneficio, obteniendo descuentos considerables en los montos totales de sus infracciones y deposito municipal. Que, a la fecha se observa que aun existe una significativa cartera de deudas pendientes por cobrar por concepto de infracciones, los que hace un alto indice de morosidad de conductores y propietarios de unidades vehiculares; empero, resulta conveniente otorgar ampliacion de fecha del beneficio en el ambito de aplicacion de la Ordenanza de amnistia anterior, para que conductores y propietarios de vehiculos puedan acoger y subsanar su relacion de deudas pendientes de pago que han adquirido con la Municipalidad Provincial de Canete. De igual forma es de considerar las deudas que mantienen algunos administrados por concepto de internamiento de sus unidades vehiculares, y que habiendo sido internados por cometer infracciones, por disposiciones judiciales y policiales, entre otros, han acumulado deudas exorbitantes que superan en algunos casos el valor real de la unidad internada. Estando a lo expuesto, con la aprobacion unanime de los Senores Regidores del Pleno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, se aprueban lo siguiente: ORDENANZA DE AMNISTIA NO TRIBUTARIA PARA INFRACCIONES AL MORDAZA Y TRANSPORTE E INTERNAMIENTO DE VEHICULO EN EL DEPOSITO MUNICIPAL VEHICULAR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE Articulo 1º.- Del Beneficio de infracciones Otorgar beneficio de amnistia no tributaria, en el pago de las deudas por infracciones al MORDAZA y transporte, impuestas hasta el dia 30 de setiembre del 2014. Articulo 2º.- Del Beneficio para liberacion de vehiculo Otorgar el beneficio de amnistia de las deudas originadas por concepto de internamiento de vehiculos, recaidos sobre las unidades internadas en el Deposito Municipal Vehicular hasta el 30 de setiembre 2014, por disposicion judicial, fiscal, policial, infracciones y otros, conforme al porcentaje previsto en el articulo 6º de la presente ordenanza. Articulo 3º.- Del descuento Establecer un descuento del 80% a todas las infracciones al MORDAZA y transporte cometidas hasta el 30 de setiembre del 2014, siempre que los conductores y propietarios de unidades vehiculares infraccionados se apersonen por ante la Municipalidad Provincial de Canete y efectuen el pago en efectivo conforme a liquidacion; el beneficio comprende las infracciones que se encuentren en MORDAZA de cobranza via administrativa o via ejecucion coactiva. Articulo 4º.- Beneficios en procedimiento de fraccionamiento Los administrados que con anterioridad a la vigencia de la MORDAZA, hubiesen solicitado y obtenido el fraccionamiento

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