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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 26 de noviembre de 2014 538426 Autorizan difusión del proyecto de Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, en el Portal del Mercado de Valores de la SMV RESOLUCIÓN SMV Nº 025-2014-SMV/01 Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTOS: El Expediente N° 2014043127 y el Informe Conjunto N° 831-2014-SMV/06/10/12 del 21 de noviembre de 2014, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo; así como el Proyecto de norma que propone aprobar el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras; CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modifi cado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y la Ley N° 30050, Ley de Promoción del Mercado de Valores (en adelante, Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión; Que, mediante Resolución CONASEV N° 042- 2003-EF/94.10, se aprobó el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el mismo que establece el régimen aplicable a las Sociedades Administradoras y a los Fondos de Inversión colocados mediante oferta pública que administran; Que, teniendo en cuenta la importancia que viene adquiriendo esta industria en nuestro país, como esquema colectivo de inversión, contribuyendo a fi nanciar diversos sectores de la economía, así como la experiencia adquirida por la SMV durante los últimos años, se ha visto la necesidad de aprobar una nueva regulación que incorpore las nuevas tendencias, adaptándola a la realidad del país; Que, considerando lo dispuesto en la Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01, que aprueba la Política sobre publicidad de proyectos normativos y normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, se considera necesario difundir a través del Portal del Mercado de Valores el proyecto de Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras por quince (15) días calendario, a efectos de que el público pueda durante dicho plazo formular sus sugerencias y/o comentarios a la propuesta normativa; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1° y el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica, y por el artículo 1° de la Política sobre publicidad de proyectos normativos y normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01, así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 25 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores a través de la siguiente dirección: http://www. smv.gob.pe. Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Ofi cina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz N° 315 -Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Proyfondosdeinversión@smv.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1169637-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de SUNAT a Colombia para participar en la VIII Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Colombiana sobre Cooperación en Materia de Desarrollo Alternativo, Prevención del Consumo, Rehabilitación, Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y sus delitos conexos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 351-2014/SUNAT Lima, 21 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio OF.RE (DGM-DCD) Nº 22-6- BB/116 de fecha 1 de octubre de 2014, la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para participar en la VIII Reunión de la Comisión Mixta Peruano – Colombiana sobre Cooperación en Materia de Desarrollo Alternativo, Prevención del Consumo, Rehabilitación, Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y sus Delitos Conexos, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 2 y 3 de diciembre de 2014; Que el citado evento tiene como fi nalidad el intercambio de experiencias binacionales recientes, referidas al avance en la implementación de las políticas y estrategias contra el tráfi co ilícito de drogas en Perú y Colombia. Asimismo, se busca fortalecer los esfuerzos conjuntos y las medidas de cooperación bilaterales relativas a la reducción de la demanda, prevención y tratamiento, reducción de la oferta, lavado de activos y tráfi co de personas relacionados al tráfi co ilícito de drogas, que afecta a ambos países; Que la participación de la SUNAT se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de reducir el tráfi co ilícito de mercancías, en armonía con los objetivos nacionales de reducir la oferta de sustancias y estupefacientes ilícitos a través de los controles aduaneros; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.º 80- 2014-SUNAT/3Y0000 de fecha 13 de noviembre de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento del trabajador Rómulo Javier Guerrero Rojas, Jefe