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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (02/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014 533913 los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga; Que, mediante el Acta de Vistos, el Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS” acordó la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga, fundándose en la causal prevista numeral 24.2 del artículo vigésimo cuarto del Estatuto de esta entidad; Que, acorde con el Informe Nº 090-2014–PCM/ SD-OGI-MIRA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el numeral 14.2 del artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el numeral 10.2 del artículo 10° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”. Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”, está conformado como sigue: - Presidente: Juan Teodocio Ibarra Padilla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico. - Director: Roberto Melchor Requena García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararín. - Director: Gerardo Cristóbal Ramírez Salomé, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llacllín. - Directora: Martha Genivera Ramos Tamara, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Marca. - Director: Eustorgio Isaac León Paico, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllapampa. - Director: Pedro Melecio Cochachin Ortiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticapampa. - Director: Felipe Santos Lázaro Sandoval, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cajacay. - Director: Jorge Vicente Nina Solano, alcalde de la Municipalidad Distrital de Antonio Raymondi. - Director: Marcos Alberto Lucas Camones, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllacayan. - Director: Milton Duck León Vergara, alcalde de la Municipalidad Provincial de Recuay. - Director: Juan Ernesto Rivera Alzamora, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bolognesi. Artículo 3º.- Registro de Anexo Inscribir el Acta de Sesión de Consejo Directivo que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización (e) 1145395-1 Disponen inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de Santa María de Chicmo de la provincia de Andahuaylas, y Ranracancha de la provincia de Chincheros, a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 033-2014-PCM/SD Lima, 24 de setiembre de 2014 VISTOS: Los ofi cios Nº 003-2014-MMSC/A y Nº 008-2014- MMSC/A; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 03-2014-MDA/A de la Municipalidad Distrital de Andarapa; la Ordenanza Municipal Nº 002-2014-MDK/A de la Municipalidad Distrital de Kaquiabamba; la Ordenanza Municipal Nº 002-2014-MDK/A de la Municipalidad Distrital de Kishuara; la Ordenanza Municipal Nº 001-2014-MDP de la Municipalidad Distrital de Pacucha; la Ordenanza Municipal Nº 02-2014-CM-MDSJ de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo; la Ordenanza Municipal Nº 001- 2014-MDSMCH/A de la Municipalidad Distrital de Santa María de Chicmo; la Ordenanza Municipal Nº 004-2014- MDR/CH de la Municipalidad Distrital de Ranracancha; el Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba” de fecha 04 de enero de 2014; y los Informes Nº 033-2014–PCM/SD- OGI-MIRA y Nº 091-2014–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 322-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”; luego, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 031-2013-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo. Esta mancomunidad municipal está integrada por las Municipalidades Distritales de Andarapa, Kaquiabamba, Kishuara, Pacucha y San Jerónimo de la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, mediante el Ofi cio Nº 003-2014-MMSC/A, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacucha y presidente de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba” solicita la inscripción de la adhesión de las