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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (04/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Sábado 4 de octubre de 2014 534113 exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1146685-4 Autorizan viaje de servidora de la Presidencia del Consejo de Ministros a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2014-PCM Lima, 3 de octubre de 2014 VISTO: El Memorándum N° 1213-PCM/OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1) del artículo 16 y numerales 1) y 2) del artículo 18 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, disponen como parte de las atribuciones del Consejo de Ministros, coordinar y evaluar la política general del Gobierno, así como las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales; precisando además que, el Presidente del Consejo de Ministros propone los objetivos del gobierno en el marco de la Política General de Gobierno y coordina las Políticas Nacionales de carácter multisectorial, en especial, las referidas al desarrollo económico y social; Que, a través de la Resolución Suprema N° 187-2006- RE del 1 de junio de 2006, se conformó la “Comisión Nacional Peruana de la Comisión de Vecindad Peruano – Ecuatoriana”, siendo esta última creada en virtud del Acuerdo Amplio Peruano – Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad del 26 de octubre de 1998, para impulsar, apoyar y coordinar la cooperación e integración entre el Perú y el Ecuador, prestando especial atención al desarrollo de la región y a la complementación empresarial y productiva; Que, el Ministro SDP, Luis Benjamín Chimoy Arteaga, Secretario Ejecutivo de la Comisión de Vecindad Peruano – Ecuatoriana, mediante OF.RE (DGA-SUD-SPA) N° 1- 0-A/100 del 26 de setiembre de 2014 hace extensiva la invitación a la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros para participar en la XIII Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana que se realizará el 7 de octubre de 2014, en la ciudad de Quito, como antesala del Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, programado para el 28 de octubre de 2014 en el Cantón de Arenillas, Provincia El Oro, República del Ecuador; Que, la citada reunión constituye una instancia de nivel político y representativo, creada para impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen una comunidad de intereses y acercamiento entre ambos países, siendo de interés nacional la participación de la Presidencia del Consejo de Ministros, por cuanto en el referido evento se tiene por objeto preparar el Gabinete Binacional de Presidentes de la República del Perú y de la República del Ecuador, así como cumplir con su rol articulador multisectorial e intergubernamental en materia de políticas públicas que señala la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar la participación de la señora Liliana La Rosa Huertas, servidora de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 063-2007- PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y sus modifi catorias; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modifi catorias, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje por excepción, de la señora Liliana del Carmen La Rosa Huertas, servidora de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, del 06 al 08 de octubre de 2014, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Pasaje Aéreo (incluido TUUA) US$ 1 196.19 Viáticos x 2 días x 370 US$ 740.00 ------------------- TOTAL US$ 1 936.19 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida servidora deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos asignados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1146685-5 AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la “Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0550-2014-MINAGRI Lima, 1 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 022-2012-AG, en adelante el Decreto Supremo, se creó la “Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac”, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de coordinar, establecer, determinar, efectuar las acciones de seguimiento, promover las inversiones necesarias y la emisión de los informes técnicos, para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo, señala que la Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros,