Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura y se derivara el expediente a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para su evaluacion por un arqueologo calificador. Los plazos para la calificacion del informe anual son los establecidos en el articulo 32 del presente reglamento. Cuando la calificacion del expediente requiera de la opinion tecnica de otras direcciones del Ministerio de Cultura, el arqueologo calificador derivara un ejemplar del mismo a dichas direcciones. La resolucion respectiva sera emitida por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. Las copias de los informes anuales aprobados y sus respectivas resoluciones de aprobacion seran remitidas a la Direccion Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervenciones arqueologicas, de ser el caso. CAPITULO V INFORME FINAL-REQUISITOS Articulo 39. INFORME FINAL El informe final de los Programas de Investigacion Arqueologica sera presentado a la Sede Central del Ministerio de Cultura en un plazo MORDAZA de seis meses de concluida la intervencion. El director del programa, sin perjuicio de su propiedad intelectual, presentara el informe final con texto y titulo en idioma espanol, en dos (2) ejemplares debidamente foliados, encuadernados o anillados, adjuntando a cada ejemplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de textos, tablas, fotos, figuras, mapas y planos en los formatos establecidos por el Ministerio de Cultura. El informe final de los Programas de Investigacion Arqueologica tendra el caracter de una rigurosa publicacion cientifica. Asi, el informe final debera contener: 1. Resumen 2. Antecedentes, problematica, fines y objetivos de la investigacion 3. Descripcion del diseno de la investigacion, sustentando la relacion entre objetivos, preguntas de investigacion, hipotesis y metodos 4. Plan de conservacion y proteccion 5. Metodologia aplicada en MORDAZA, gabinete y muestreo 6. Equipo de investigadores y responsabilidades 7. MORDAZA de todos los resultados de los trabajos de MORDAZA, gabinete, muestreo y conservacion 8. Analisis y sintesis de los resultados, contrastando evidencias e hipotesis 9. Discusion de los resultados dentro del contexto de la arqueologia regional y MORDAZA 10. Conclusiones finales 11. Recomendaciones para futuras investigaciones 12. Plan de manejo del monumento o monumentos 13. Inventario de bienes culturales inmuebles y muebles 14. Propuesta de delimitacion del monumento o monumentos y entrega del expediente tecnico sustentatorio, de ser el caso 15. Manejo y deposito actual de los materiales recuperados en el MORDAZA, y sugerencia sustentada del destino final del material 16. Plan de difusion de la investigacion que contenga las publicaciones cientificas, presentaciones en eventos academicos, presencia en los medios de comunicacion, divulgacion a la comunidad, entre otros, realizado o por realizar 17. Bibliografia 18. Fichas de conservacion, registro grafico y fotografico del MORDAZA de conservacion y resultado de los analisis fisico-quimicos de los elementos arquitectonicos, en el caso que el programa cuente con un componente de conservacion y puesta en valor 19. Mapas y planos en los formatos aprobados por el Ministerio de Cultura 20. Numero de las resoluciones directorales que aprobaron los informes anuales previos 21. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de almacenamiento de los materiales entregados al Ministerio de Cultura 22. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

CAPITULO VI INFORME FINAL-PROCEDIMIENTO Articulo 40. CALIFICACION DEL INFORME FINAL El informe final sera presentado para su calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura y se derivara el expediente a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para su evaluacion por un arqueologo calificador. Los plazos para la calificacion del informe final son los establecidos en el articulo 32 del presente reglamento. Cuando la calificacion del expediente requiera de la opinion tecnica de otras direcciones del Ministerio de Cultura, el arqueologo calificador derivara un ejemplar del mismo a dichas direcciones. La resolucion respectiva sera emitida por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. Las copias de los informes finales aprobados y sus respectivas resoluciones de aprobacion seran remitidas a la Direccion Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervenciones arqueologicas, de ser el caso. TITULO IV PROYECTOS DE INVESTIGACION ARQUEOLOGICA - PIA CAPITULO I AUTORIZACION-REQUISITOS Articulo 41. AUTORIZACION DE PROYECTOS DE INVESTIGACION ARQUEOLOGICA Para solicitar la autorizacion de Proyectos de Investigacion Arqueologica se debera presentar el expediente en dos (2) ejemplares debidamente foliados, encuadernados o anillados, adjuntando a cada ejemplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de textos, tablas, fotos, figuras, mapas y planos en los formatos establecidos por el Ministerio de Cultura. El expediente contendra la siguiente informacion: a) Proyecto, cuyo contenido sera el siguiente: 1. Resumen 2. Ubicacion y descripcion del area a intervenir 3. Antecedentes y problematica de la investigacion 4. Preguntas de investigacion e hipotesis 5. Exposicion de los fines y objetivos de la investigacion 6. Justificacion cientifica del proyecto 7. Plan de investigacion y cronograma de trabajo 8. Metodologia y tecnicas a emplearse durante los trabajos de MORDAZA y muestreo 9. Metodologia y tecnicas a emplearse durante los trabajos de muestreo y gabinete que considere los fundamentos tecnicos de conservacion preventiva de los bienes muebles a recuperar 10. Equipo de trabajo y responsabilidades 11. Plan de conservacion y proteccion 12. Recursos materiales y economicos 13. Bibliografia 14. Curriculum vitae del director o directores, de ser el caso, acreditando, de preferencia, experiencia en la participacion de Proyectos de Investigacion Arqueologica por un periodo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de egreso de la universidad, indicando su numero de inscripcion en el Registro Nacional de Arqueologos (RNA) 15. Mapas y planos en los formatos aprobados por el Ministerio de Cultura Ademas del proyecto, se presentara los siguientes documentos: b) Formulario de solicitud dirigida a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble. En el caso de tener un componente de Escuela de MORDAZA debera ser declarado. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion c) Carta de MORDAZA del solicitante, presentando a su vez al director del proyecto, de ser el caso d) MORDAZA del documento de la institucion auspiciadora senalando el compromiso de financiamiento del proyecto y el monto total asignado

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