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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (08/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Miércoles 8 de octubre de 2014 534352 VISTOS: El Memorando Nº 4058-2014-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Memorando Nº 7066-2014-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Informe Nº 642-2014-PRODUCE/OGRH-OARH de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 156-2014- PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción; Que, en tal sentido, resulta pertinente dictar el acto de administración correspondiente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 01 de octubre de 2014, al señor ALBERTO DÍAZ ALFARO, en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1147534-1 Conforman Consejo Directivo del Proyecto de Innovación para la Competitividad en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el BID RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2014-PRODUCE Lima, 7 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 0996-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe 057-2014-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGITSE/DIN de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales y el Informe Nº 048-2014-PRODUCE/OGAJ- jmantilla de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de septiembre de 2012, se suscribió el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, para cooperar en la ejecución de un Proyecto de Innovación para la Competitividad; Que, la cláusula 4.02 del Anexo Único del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, establece que la dirección general del Proyecto estará a cargo del Consejo Directivo del Proyecto (CDP), conformado por representantes de la comunidad científi ca/universitaria, del gobierno y del sector privado. La composición detallada del CDP se contemplará en el Reglamento Operativo (ROP); Que, el Reglamento Operativo del Proyecto de Innovación para la Competitividad, aprobado por Resolución Directoral Nº 34-2013-PCM/FINCyT, prevé la conformación del Consejo Directivo del Proyecto, indicando que estará integrado por once (11) representantes de los sectores académico, privado y público, quienes serán designados por resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la actual conformación del Consejo Directivo del Proyecto, prevé la participación de: dos (02) representantes propuestos por el CONCYTEC, uno de los cuales lo presidirá; un (01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; un (01) representante propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas; un (01) representante propuesto por el Ministerio de la Producción; un (01) representante propuesto por el Ministerio de Educación; dos (02) representantes de la comunidad académica uno propuesto por la Academia Nacional de Ciencias y uno propuesto por la Academia Nacional de Ingeniería; y tres (03) representantes del sector privado propuestos por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, la Sociedad Nacional de Industrias – SNI y la Cámara de Comercio de Lima (CCL); Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014- PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y se dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, teniendo la Unidad Ejecutora 012, la calidad de absorbida; Que, el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 003- 2014-PRODUCE establece que, en tanto culmine el proceso de fusión a que se refi ere el citado Decreto Supremo, el Ministerio de la Producción dictará, mediante Resolución Ministerial, las medidas necesarias a fi n de no alterar el desarrollo del Proyecto de Innovación para la Competitividad, proyecto de inversión pública con código SNIP Nº 159771 (Contrato de Préstamo Nº 2693/OC- PE); Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 003-2014- PRODUCE dispone que, el Proyecto de Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de la ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción, respetando las condiciones de gobernanza y adecuado balance entre los representantes públicos, privados y académicos que lo integran; Que, mediante Informe Nº 057-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I/DIGITSE/DIN la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria concluye que, a fi n de lograr una mayor vinculación entre el objetivo general del Proyecto de Innovación para la Competitividad y la conformación de su Consejo Directivo, respetando las condiciones de gobernanza y adecuado balance entre los representantes públicos, privados y académicos que lo integran, propone una nueva conformación del Consejo Directivo, en la que se incluye al Ministerio de Agricultura y Riego y al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el Capítulo IV del Reglamento Operativo del Proyecto Innovación para la Competitividad, aprobado por Resolución Directoral Nº 34-2013-PCM/FINCyT, no ha previsto entre las atribuciones del Consejo Directivo del Proyecto, regular el mecanismo de elección de su presidente y su composición; por lo que corresponde al Ministerio de la Producción, en ejercicio de la facultad prevista en el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 003- 2014-PRODUCE, aprobar la conformación del Consejo Directivo del Proyecto; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-