Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2014 (08/10/2014)


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alternativas en el MORDAZA del diseno, la ingenieria y la gestion aplicados a nuestro medio fisico en salud, y siendo que dicha tematica y los objetivos de los eventos en mencion se enmarcan dentro de los fines y propositos del Ministerio de Salud, resulta de interes institucional autorizar el viaje de la funcionaria en mencion; Que, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria; en su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0472002-PCM; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de la arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 12 al 17 de octubre de 2014, para que participe en representacion del Ministerio de Salud en el "23° Congreso de la Federacion Internacional de Ingenieria Hospitalaria" y el "25° Congreso Latinoamericano de Arquitectura e Ingenieria Hospitalaria", para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada funcionaria en cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: Pasaje aereo (tarifa economica, incluido TUUA) : US$ 815.37

El Peruano Miercoles 8 de octubre de 2014

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a la compania Travel Air E.I.R.L., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial Transporte Aereo Especial - Turistico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 403-2014-MTC/12 MORDAZA, 2 de setiembre del 2014 Vista la solicitud la compania TRAVEL AIR E.I.R.L., sobre el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2014031431 del 20 de MORDAZA del 2014, Documento de Registro Nº 2014-031431-A del 13 de junio del 2014 y Documento de Registro Nº 107475 del 19 de junio del 2014 la compania TRAVEL AIR E.I.R.L. solicito Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico; Que, segun los terminos del Memorando Nº 229-2014MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 130-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando Nº 996-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 232-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del Articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania TRAVEL AIR E.I.R.L., el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico, de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la compania TRAVEL AIR E.I.R.L. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de

Viaticos por 5 dias (U$ 370 x dia) : US$ 1,850.00 ------------------TOTAL US$ 2,665.37 Articulo 3°.- Disponer que la citada funcionaria, dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la entidad, con MORDAZA a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos al que acudira, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1147821-5

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