Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2014 (17/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Que, el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 075-2008PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios y modificatorias, senala que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variacion de la retribucion o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, unicamente, a las diversas acciones administrativas de desplazamiento de personal, entre las cuales se encuentra regulada la designacion temporal, como representante de la entidad contratante ante comisiones y grupos de trabajo, como miembro de organos colegiados y/o como directivo superior o empleado de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; Que, sobre el particular, la Autoridad Nacional del Servicio Civil mediante Informe Nº 211-2011-SERVIR/ GG-OAJ de fecha 08 de marzo de 2011, concluye que es posible que un contratado bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 1057 asuma un encargo; criterio ratificado con la declaracion del caracter laboral de dicho regimen hecha por el Tribunal Constitucional mediante la Resolucion recaida en el expediente Nº 00002-2010PI/TC; precisandose que dicho encargo no supone el pago de un diferencial remunerativo, lo que ratifica su temporalidad y el caracter fundamentado que dicho encargo debe tener; Que, de acuerdo a los literales f) e i) del articulo 6º de la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 028-2014/APCIDE, de fecha 05 de marzo de 2014, el Jefe de la Oficina General de Administracion queda facultado para autorizar y resolver las acciones de personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargos de funciones y puestos, suplencia, asi como aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal comprendido bajo el regimen del citado Decreto Legislativo Nº 276 y de los contratados dentro del regimen del Decreto Legislativo Nº 1057, en lo que corresponde y expedir resoluciones de caracter administrativo que MORDAZA necesarias para el funcionamiento administrativo interno de la APCI; Con el visto MORDAZA de la Unidad de Administracion de Personal de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 028-2014/APCI-DE y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la APCI y sus modificatorias, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus normas modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 076-2013/APCI-DE, de fecha 29 de agosto de 2013 y la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 077-2013/APCI-DE, de fecha 29 de agosto de 2013. Articulo 2º.- ENCARGAR al senor MORDAZA CHRISTIAM MORDAZA MORDAZA, Jefe (e) de la Unidad de Sistemas e Informatica, a partir de la fecha, las funciones de elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), asi como de brindar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de Publicidad, con el fin de garantizar y promover la transparencia en la actuacion de la Entidad, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Articulo 3º.- PRECISAR que el encargo contenido en la presente Resolucion se encuentra vigente hasta que se designe al funcionario responsable de realizar las funciones MORDAZA detalladas, designacion que debera efectuarse por Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo 4º.- DISPONER, bajo responsabilidad, que las unidades organicas de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) brinden el apoyo

El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014

necesario para el desarrollo de las responsabilidades a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- NOTIFICAR la presente Resolucion al interesado, asi como a las dependencias de la APCI, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. TOLMOS SAPONARA Jefe de la Oficina General de Administracion 1151200-1

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de la EPS MORDAZA Central S.A. de aprobacion de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, y de propuesta de precios de los servicios colaterales
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA Nº 011-2014-SUNASS-GRT EXP.: 012-2014-SUNASS-GRT MORDAZA, 10 de octubre de 2014 VISTOS: Los Oficios Nº 0222 y 0226-2014-GG/SPSS.SC.SA.1, mediante los cuales la EPS MORDAZA CENTRAL S.A. solicita la aprobacion de su formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y de su propuesta de precios de los servicios colaterales; CONSIDERANDO: Que, los articulos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas2 establecen que la solicitud de aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompanada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, asi como de los requisitos de admisibilidad y procedencia establecidos; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento General de Tarifas establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberan adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta de precios para los servicios colaterales; Que, mediante los Oficios Nº 0222 y 0226-2014-GG/ SPSS.SC.SA., la EPS MORDAZA CENTRAL S.A. solicito la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, asi como la propuesta tarifaria de los servicios colaterales para el MORDAZA quinquenio regulatorio; Que, tras la formulacion de observaciones por parte de la Gerencia de Regulacion Tarifaria y la subsanacion por parte de la EPS MORDAZA CENTRAL S.A., se verifica que la solicitud de vistos reune los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el Reglamento General de Tarifas; razon por la cual corresponde admitir a tramite dicha solicitud, siendo potestad de la EPS MORDAZA CENTRAL S.A. ejercer, dentro del plazo de 10 dias

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