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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534957 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el cierre de Turno de la 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de Lima a partir del 15 de octubre del 2014. Artículo Segundo.- DISPONER a partir del 1 de noviembre del 2014 la conversión de la 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima en 5º Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima con la misma competencia que la 1º, 2º, 3º Sala Laboral Permanentes, así como la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER que la convertida 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, remita la totalidad de sus expedientes en trámite que no tengan vista de causa señalada, ni se encuentren expeditos para emitir sentencia al 31 de octubre del 2014, así como los expedientes pendientes de ejecución, a la Mesa de Partes de la sede “Mansilla Novella”, donde se ubican las Salas Contencioso Administrativas Permanentes, otorgándole como plazo máximo 11 (once) días hábiles, a partir del 15 de octubre del 2014. Artículo Cuarto.- DISPONER que el personal de la Mesa de Partes de la sede “Mansilla Novella” realice la redistribución de expedientes remitidos por la 5º Sala Especializada en lo Contenciosa Administrativa Permanentes que se encuentren en trámite, entre la 1º, 2º, 3º, 4º Sala Especializadas en lo Contencioso Administrativos Permanentes de manera aleatoria y equitativa; y aquellos expedientes que se encuentren pendientes de ejecución sean remitidos a la 4º Sala Especializada en lo Contenciosa Administrativa. Artículo Quinto.- DISPONER que todos los expedientes a redistribuir deben contener todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras; y con sus cargos de notifi cación completos, los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objetos de redistribución bajo responsabilidad del Juez a cargo del Órganos Jurisdiccionales y del secretario de la causa por inconducta funcional. Artículo Sexto.- DISPONER que los escritos ingresados hasta el día anterior a la fecha de inicio del proceso de redistribución deberán encontrarse debidamente proveídos, notifi cados, cosidos y foliados en el expediente, bajo responsabilidad de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales de la dependencia materia de conversión. Artículo Séptimo.- DISPONER que los escritos ingresados a partir de la publicación de la presente resolución administrativa, deben custodiarse en la Mesa de Partes “Mansillo Novella” correspondiente hasta la fi nalización de la redistribución de expedientes, y deberán ser remitidos a los órganos jurisdiccionales correspondientes para su trámite, con preferencia de aquellos que tienen plazos por vencerse y medidas cautelares. Artículo Octavo.- DISPONER que culminado el proceso de remisión y redistribución de expedientes, los Presidentes de cada Sala Contencioso Administrativa Permanente designen a un personal para que colabore en la labor de ubicación y distribución de los escritos y cargos de notifi caciones custodiados en la Mesa de Partes de la sede “Mansilla Novella”. Artículo Noveno.- DISPONER que la Mesa de Partes de la sede “Mansilla Novella” de este Distrito Judicial, recepcione los expedientes que sean devueltos a partir de la conversión de la 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, del Ministerio Público, de la Corte Suprema o de otro órgano, y deberán distribuirse conforme han sido recepcionados aleatoriamente entre la 1º, 2º, 3º y 4º Sala Especializadas en lo Contencioso Administrativo Artículo Décimo.- DISPONER que la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima intervenga y vigile que los expedientes de la 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima que hayan sido redistribuidos a los Jueces Superiores – sea por vista de causa o por reparto de autos – y que son de responsabilidad funcional de cada ponente, deben entregarse debidamente resueltos en el plazo máximo e improrrogable de 10 (diez) días hábiles al Relator de cada Sala para su descargo correspondiente en el sistema integrado judicial - SIJ, el cual se cerrará indefectiblemente vencido el plazo señalado en el tercero artículo de la presente Resolución Administrativa. Artículo Décimo Primero.- DISPONER a partir del 1 de noviembre del 2014 el cambio de nomenclatura de la 8º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con sub especialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, en 5º Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con sub especialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado. La Mesa de Partes de la sede “Rabanal Backus”, así como los órganos administrativos correspondientes de este distrito judicial, deben de prever dicha modifi cación, con el fi n de no alterar el cumplimiento cabal de la Presente Resolución Administrativa. Artículo Décimo Segundo.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente resolución, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de 3 (tres) días hábiles de terminada la redistribución sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Artículo Décimo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima, velar por el cabal cumplimiento de la presente resolución debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Décimo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, deberá velar por la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente redistribución de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Décimo Quinto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logística y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolución informando y coordinando con la Gerencia de Administración, remitiendo información para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Décimo Sexto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, efectúe el seguimiento, evaluación y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demás unidades orgánicas de este Distrito Judicial para verifi car el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administración Distrital, bajo responsabilidad funcional. Artículo Décimo Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1151538-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 297-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 10 de octubre de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 295-2014-CE-PJ del veintisiete de agosto del dos mil catorce, el informe Nº 79-2014-JAST-UPD-CSJLI/PJ del 10 de octubre del año en curso; y,