Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2014 (17/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014

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Que, en tal sentido resulta necesario adecuar la constitucion del GTRGRD-MTC y de su Secretaria Tecnica, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 4052012-MTC/01, a las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD; Que, adicionalmente, cabe mencionar que el numeral 50.1 del articulo 50 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM establece que los Centros de Operaciones de Emergencia - COE - son organos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros, emergencias y desastres, asi como en la administracion e intercambio de la informacion, para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema, en sus respectivos ambitos jurisdiccionales; Que, asimismo, en el Anexo 3 de la Directiva Nº 0012012-PCM/SINAGERD, referida a los acronimos y siglas, se indica que COES, es el Centro de Operaciones de Emergencia Sectorial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664, los Decretos Supremos Nos. 048-2011-PCM y 021-2007MTC y la Resolucion Ministerial Nº 276-2012-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constitucion del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ GTRGRD - MTC Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ GTRGRD-MTC, el cual quedara conformado de la siguiente manera: - El Ministro de Transportes y Comunicaciones, quien lo presidira - El Viceministro de Transportes, - El Viceministro de Comunicaciones, - El Secretario General, - El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, - El Director General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, - El Director General de la Oficina General de Administracion, - El Director General de Transporte Terrestre, - El Director General de Transporte Acuatico, - El Director General de Aeronautica Civil, - El Director General de Asuntos Socio-Ambientales, - El Director General de Caminos y Ferrocarriles, - El Director General de Concesiones en Transportes, - El Director General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, - El Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, - El Director General de Concesiones en Comunicaciones, - El Director General de Control y Supervision de Comunicaciones, - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, - El Secretario Tecnico del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones ­ FITEL, y - El Director de la Oficina de Defensa Nacional. Articulo 2.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 405-2012-MTC/01 Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 405-2012MTC/01 publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de agosto de 2012. Articulo 3.- Designacion del Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres Designar al Director General de Control y Supervision de Comunicaciones, como Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del

Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 031-2010-MTC-02, de fecha 31 de enero de 2010, que aprobo el texto del Anexo Tecnico "Investigacion de Accidentes e Incidentes de Aviacion" del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1150390-1

Constituyen Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 698-2014 MTC/01 MORDAZA, 13 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, preparacion y atencion ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, el articulo 16 de la Ley Nº 29664, establece que los ministros son las maximas autoridades responsables de la implementacion de los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ambitos de competencia; asimismo, dicha MORDAZA establece que las entidades publicas constituyen grupos de trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, senalando que esta funcion es indelegable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29664, el cual en el numeral 13.4 de su articulo 13 establece que los titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia; dichos Grupos de Trabajo coordinaran y articularan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD y estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes; Que, por ello, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 405-2012-MTC/01 se constituyo el Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ GTRGRD-MTC, asi como la Secretaria Tecnica del citado Grupo de Trabajo; Que, posteriormente mediante Resolucion Ministerial Nº 276-2012-PCM se aprobo la Directiva Nº 001-2012PCM/SINAGERD denominada "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", la cual en su MORDAZA Disposicion Complementaria establece que las entidades publicas que tengan constituidos sus Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres - GTGRD a la entrada en vigencia de la citada Directiva, deben adecuar dicha conformacion a la Directiva aprobada; Que, en los literales d) e i) del numeral VIII.1 de la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD se establece, como funciones del Presidente del GTGRD, constituir e implementar la Secretaria Tecnica, asi como designar un miembro del GTRGRD del nivel directivo superior para que ejerza las funciones de la Secretaria Tecnica;

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