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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534943 Con la conformidad de la Secretaría General, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por excepción el viaje en Comisión de Servicios, a La Jolla, California, Estados Unidos de Norteamérica, del 26 de octubre al 01 de noviembre 2014, del Blgo. Miguel Ángel Ñiquen Carranza, Coordinador del Área Funcional de Investigaciones de Recursos Transzonales y Altamente Migratorios, y Comisionado Titular del Perú ante la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT, para asistir a la 87ª Reunión (reanudada), la 16ª Reunión del Grupo de Trabajo Permanente sobre la Capacidad de la Flota y la 88ª Reunión (extraordinaria), de la CIAT; así como, a la 21ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre la Promoción y Divulgación del Sistema de Certifi cación Dolphin Safe, la 56ª Reunión del Panel Internacional de Revisión y la 30ª Reunión de las Partes del APICD. Artículo 2º.- Los gastos de viaje que irrogue el cumplimiento de la comisión de servicios del citado profesional serán asumidos por el Pliego Presupuestal 240 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Meta Presupuestal: “Investigación Científi ca y Tecnológica”, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos US $ 2,627.34 Viáticos ($440.00 x 08 días) US $ 3,520.00 -------------------- TOTAL US $ 6,147.34 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional autorizado presentará al Despacho de la Dirección Ejecutiva Científi ca, con copia a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, un informe de participación describiendo las acciones realizadas y los resultados alcanzados. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas conforme a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución, no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANDRES CHIPOLLINI MONTENEGRO Director Ejecutivo Científi co IMARPE 1151047-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican la “Enmienda al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación” DECRETO SUPREMO Nº 056-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Enmienda al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación” fue adoptada por decisión III/1, durante la tercera reunión de la Conferencia de las Partes el 22 de septiembre de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobada por Resolución Legislativa N° 30248, del 27 de setiembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación”, adoptada por decisión III/1, durante la tercera reunión de la Conferencia de las Partes el 22 de septiembre de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobada por Resolución Legislativa N° 30248, del 27 de setiembre de 2014. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro de la Enmienda, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1151546-1 Ratifican la “Convención para Reducir los Casos de Apatridia” DECRETO SUPREMO Nº 057-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Convención para Reducir los Casos de Apatridia” fue hecha el 30 de agosto de 1961, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y aprobada por Resolución Legislativa Nº 30244, del 20 de setiembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Convención para Reducir los Casos de Apatridia”, hecha el 30 de agosto de 1961, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y aprobada por Resolución Legislativa Nº 30244, del 20 de setiembre de 2014; Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro de la Convención, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1151546-2 Ratifican el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil para Facilitar el Tránsito de Vehículos de Uso Particular” DECRETO SUPREMO Nº 058-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA