NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 67
El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014 532377 anexos en el Portal Institucional (www.munihuacho.gob. pe) y en el Portal del Estado (www.peru.gob.pe); conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita normas complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo Quinto.- La presente ordenanza, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Sexto.- Deróguese toda disposición municipal que contravenga lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 1136090-1 Aprueban Reglamento del Servicio de Transporte Público de Personas en la provincia de Huaura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2014-A/MPH Huacho, 22 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 06, celebrada el día 21.08.2014, el Dictamen Nº 01-2014- PCIVYT/MPHH de la Comisión de Infraestructura Vial y Transporte, referente al Reglamento del Servicio de Transporte Público Regular de Personas de la Provincia de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece, que las Municipalidades son órganos de gobierno con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, especifi cando en el inciso 5) del artículo 195º, que las municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad dentro de su jurisdicción; Que, el numeral 1.4) del artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, tipifi ca que las Municipalidades Provinciales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, pueden normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de ruta para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identifi car las vías y rutas establecidas para tal objeto, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 172-2014-GT-MPH, la Gerencia de Transporte, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal, mediante el cual se modifi ca la regularización del transporte en vehículos mayores, a fi n de mejorar la calidad de servicio público de transporte en la provincia de Huaura, conforme a las disposiciones de ley; Que, luego del pronunciamiento de las áreas pertinentes, la Comisión de Infraestructura Vial y Transporte, a través del dictamen precisado en visto, opina favorablemente que se eleve al Pleno del Concejo, el proyecto para su aprobación correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria Nº06, de fecha 21.08.2014, con la dispensa del trámite de lectura del acta y por mayoría simple se aprueba la siguiente: ORDENANZA: “REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS EN LA PROVINCIA DE HUAURA” Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS EN LA PROVINCIA DE HUAURA, cuyo texto forma parte integrante de la presente norma municipal. Artículo Segundo.- La Sub Gerencia de Secretaría General, dispondrá la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano; y en el Portal Institucional (www.munihuacho.gob.pe); conforme a los lineamientos de Ley. Artículo Tercero.- La presente ordenanza, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Cuarto.- Deróguese toda disposición municipal que contravenga lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 1136092-1 Aprueban Reglamento del Inspector Municipal de Transporte de la Municipalidad Provincial de Huaura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-2014-A/MPH Huacho, 22 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 06, celebrada el día 21.08.2014, el Dictamen Nº 01-2014- PCIVYT/MPHH de la Comisión de Infraestructura Vial y Transporte, referente al Reglamento del Servicio de Transporte Público Regular de Personas de la Provincia de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece, que las Municipalidades son órganos de gobierno con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, especifi cando en el inciso 5) del artículo 195º, que las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad dentro de su jurisdicción; Que, la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, en su artículo 17º, establece que las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencias normativas, de gestión y de fi scalización en materia de transporte y tránsito terrestre. Emitiendo normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial; asimismo, supervisar, detectar infracciones e importar sanciones por incumplimiento de los dispositivos legales vinculados al transporte y al tránsito terrestre; Que, el Inspector Municipal de Transporte es la persona designada por la autoridad competente para verifi car el cumplimiento de los términos, deberes, obligaciones y condiciones de la prestación de servicios de transporte