Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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a) Renuncia b) Conclusion o termino del plazo contractual c) Resolucion contractual d) Destitucion e) Suspension de la relacion laboral cualquiera sea el tiempo de suspension Articulo 6º.- Derogatoria Derogar la Ordenanza Nº 134 y toda MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo 7º.- Cumplimiento Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Secretaria General, a traves de su area de Registros Civiles, a la Gerencia de Administracion Tributaria y las Subgerencias de Registro y Orientacion Tributaria y de Recursos Humanos. Articulo 8º.-Vigencia La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1135455-1

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

que mediante Ordenanza Municipal Nº 00139/MDSA, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos a todos los contribuyentes propietarios, que tengan destinados sus predios a Usos de : Comercio o Servicio mayor, Actividad industrial, Grifos Menores, Servicios Educativos, Servicios de Hospedaje y/o similares y General Servicio y Rebaja de las multas administrativas a los responsables y/o infractores para las multas impuestas al 30/04/2014. Sin embargo, existen gran cantidad de contribuyentes que no pudieron acogerse a los beneficios administrativos anteriores, y siendo funcion de esta gestion municipal promover los mecanismos que faciliten a los contribuyentes y/o administrados con el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza administrativas, a traves de incentivos que permitan la captacion de recursos economicos para la prestacion efectiva de los servicios publicos, en el contexto de la realidad socioeconomica del Distrito. Que, mediante informe Nº 610-2014-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica, indica que el proyecto de ordenanza del beneficio administrativo cumple con los preceptos legales vigentes sobre la materia, por lo que emite opinion favorable; Estando a lo dispuesto en el Articulo 9º numerales 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta por mayoria, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO ADMINISTRATIVO EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones administrativas para aquellas personas naturales o juridicas, en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, que mantengan multas administrativas pendientes de cancelacion. Articulo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO Para las Multas Administrativas, el beneficio establecido en la presente ordenanza comprende a todos los responsables y/o infractores, que tengan multas pendientes de cancelacion, impuestas al 31 de MORDAZA del presente ano. Articulo Tercero.- DEL BENEFICIO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS 3.1. El beneficio establecido en la presente ordenanza comprende un descuento del 80 % del monto insoluto para las Multas y Sanciones (RAS), que se cancelen hasta el 31/12/2014 (Excepto para las sanciones administrativas impuestas, mayores a S/.50,000.00 Nuevos Soles). 3.2. Para acogerse el presente beneficio el pago sera al contado, excepcionalmente podra amortizar la deuda (pagos a cuenta) durante el periodo de vigencia del presente beneficio. La administracion proseguira con la cobranza por el saldo pendiente en el estado en que se encuentre. 3.3. Los administrados que se acojan al presente beneficio dispuesto en el presente articulo reconocen expresamente las infracciones que originaron las multas objeto de cancelacion, por lo que no podran presentar reclamo o solicitud de devolucion alguna. El pago de la multa administrativa no exime al infractor de la subsanacion o regularizacion del hecho que origino la sancion pecuniaria, es decir la medida complementaria es ejecutable, siempre y cuando no se MORDAZA regularizado la conducta infractora. 3.4. Aquellos contribuyentes que hayan efectuado convenios de fraccionamiento por multas administrativas podran acogerse a los beneficios establecidos en el numeral 3.1. de este articulo, sobre el saldo pendiente de pago, siempre que cumplan con la cancelacion de la deuda al contado. 3.5. Aquellos contribuyentes que hayan efectuado pagos a cuenta por multas administrativas, podran acogerse a los beneficios establecidos en el numeral 3.1. de este articulo, sobre el saldo pendiente de pago.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen beneficio administrativo en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 00149 /MDSA MORDAZA MORDAZA, 8 de setiembre del 2014 VISTO: En sesion ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza que establece beneficio administrativo en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, elaborado por la Subgerencia de Control y Recaudacion, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 272-2014SGCR-MDSA y el Informe Nº 610-2014-GAJ/MDSA emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo el articulo 74º del acotado cuerpo de leyes, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF- Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, pudiendo los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, mediante informe Nº 272-2014-SGCR-GR/ MDSA, la Subgerencia de Control y Recaudacion, informa

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