Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-98-EF, y con la finalidad de regular la metodologia de evaluacion para otorgar la autorizacion general correspondiente conforme a lo senalado en los articulo 171° y 173° del Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion N° 052-98-EF/SAFP, referido a inversiones, esta Superintendencia emite las siguientes disposiciones de caracter general, disponiendose su publicacion de acuerdo con las condiciones de excepcion establecidas en el numeral 3.2 del articulo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS: 1. Alcance. La presente circular es aplicable a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP). 2. Metodologia de evaluacion para otorgar la autorizacion general o autorizacion general con una linea de inversion maxima. El otorgamiento de autorizacion general o autorizacion general con una linea de inversion MORDAZA se sustenta en una metodologia de scoring, que asigna ponderaciones y criterios de evaluacion generales y especificos para cada uno de los requerimientos senalados en el articulo 173° del Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones. El Anexo adjunto establece los criterios y ponderadores de la metodologia scoring para determinar si la AFP obtiene o no uno de los dos tipos de autorizacion general. Dicho Anexo es publicado en el MORDAZA institucional (www.sbs. gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 3. Pesos asignados y tipos de autorizacion. El siguiente cuadro establece los pesos a los criterios de evaluacion generales senalados en el numeral 2. CUADRO N° 1 Criterios de Evaluacion Generales Gobierno Corporativo Politicas, Manuales y/o Procedimientos asociados al MORDAZA de Inversion Sistemas, Metodologias y Modelos de Gestion de Riesgos Capacidad y/o Competencia Profesional Sistemas Informaticos Sistema Interno de Revelacion de la Informacion Otros criterios de Evaluacion CUADRO N° 2 Score Total Obtenido [90% -100%] [75% - 90% [ < 75% 4. Vigencia

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

MORDAZA de autorizacion Se otorga Autorizacion General Se otorga Autorizacion General con linea de inversion MORDAZA No se otorga Autorizacion

La presente circular rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1135719-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Modifican el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 141-2014-P/TC MORDAZA, 9 de setiembre de 2014 VISTOS Los acuerdos contenidos en las actas del Pleno del Tribunal Constitucional de fechas 1 de MORDAZA, 26 de agosto y 3 de septiembre de 2014; y, CONSIDERANDO Que, con motivo de la resolucion del MORDAZA seguido en el Expediente Nº 00987-2014-PA/TC, segun sentencia publicada el 29 de agosto del 2014 en el Diario Oficial El Peruano, el Tribunal Constitucional establecio un precedente vinculante, conforme al articulo VII del Titulo Preliminar del Codigo Procesal Constitucional, que obliga a modificar los terminos en que el citado articulo 11 del Reglamento Normativo esta redactado; Que, el Pleno del Tribunal, en ejercicio de la atribucion que le confiere el articulo 2 de su Ley Organica, Ley Nº 28301, acordo modificar el MORDAZA parrafo del articulo 11 del Reglamento Normativo aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 0952004-P/TC, y modificado por Resolucion Administrativa Nº 031-2006-P/TC; Que, esta medida preservara la autoridad de los magistrados del Tribunal Constitucional que le ha otorgado el pueblo a traves del Congreso de la Republica, pues agilizara la solucion de procesos que requieren tutela de urgencia; En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Organica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo. SE RESUELVE Articulo Unico.- Modificase el articulo 11 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 0952004-P/TC, y modificado por Resolucion Administrativa Nº 031-2006-P/TC, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

Peso Asignado 20% 15%

20% 20% 10% 10% 5%

El MORDAZA de autorizacion esta en funcion al score total conforme al siguiente cuadro. El score total se obtiene de realizar la sumatoria de los scores obtenidos en cada uno de los criterios de evaluacion generales ponderados por el peso respectivo.

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