NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 7
El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532617 aeropuerto del citado funcionario serán asumidos con cargo a la Fuente de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Antonio García Torres, Director (e) de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, a la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, del 18 al 20 de setiembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes y TUUA Lima - Guatemala (República de Guatemala) – Lima US$ 2,160.65 Viáticos US$ 315 x 2 días US$ 630.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 2790.65 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1138507-5 AGRICULTURA Y RIEGO Modifican conformación del Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático, creado por R.M. Nº 0647-2008-AG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0524-2014-MINAGRI Lima, 12 de setiembre de 2014 VISTOS: El Memorándum Nº 623-2014-MINAGRI-DVDIAR- DGAAA-DERN-109779 de fecha 20 de agosto de 2014, del Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0647- 2008-AG, se constituyó el Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático, encargado de proponer la visión sectorial del cambio climático en los sistemas productivos agrarios del país y recomendar medidas que orienten procesos y acciones institucionales y la articulación intersectorial para la adaptación al cambio climático, mediante la reducción de la vulnerabilidad del agro, con la fi nalidad de contribuir con la seguridad agroalimentaria del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0166-2011- AG se estableció la nueva composición del Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático, teniendo en cuenta la nueva estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego así como las entidades públicas adscritas al Sector, cuya participación en el mencionado Grupo no se encontraba prevista; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0363-2013- MINAGRI, se modifi có la conformación del Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático, estableciéndose que se encuentra conformado, entre otros, por representantes de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, de la Dirección General de Competitividad Agraria, de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y de la Unidad de Defensa Nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014- MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual modifi ca la estructura y funciones de la Institución, no contemplando en la estructura organizacional a los órganos y unidades orgánicas mencionados en el considerando precedente; Que, mediante el documento del Visto, se propone la modifi cación del citado Grupo Técnico, a fi n de adecuarlo a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, asimismo, el documento del Visto también sustenta la necesidad de rediseñar las actividades del referido Grupo Técnico, a fi n de adecuar su accionar a las nuevas políticas dadas a nivel nacional e internacional en materia de cambio climático, con la fi nalidad de lograr la visión sectorial en la temática, permitiendo recomendar medidas que orienten procesos y acciones institucionales para hacer frente al cambio climático y reducir la vulnerabilidad del Sector Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, en cuanto a su denominación, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de la conformación del Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático creado por Resolución Ministerial Nº 0647-2008-AG, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0166-2011-AG y Resolución Ministerial Nº 0363- 2013-MINAGRI Modifi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0647-2008-AG, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0166-2011-AG y Resolución Ministerial Nº 0363-2013- MINAGRI, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático estará conformado por los siguientes integrantes: - El Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá. - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. - Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.