NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 21
El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532631 US$. 1,880.00 US$. 1,880.00 Viáticos: US$. 440.00 x 8 días US$. 3,520.00 TOTAL A PAGAR: US$. 5,400.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1138507-7 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan viaje de Viceministra de Prestaciones Sociales a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2014-MIDIS Lima, 16 de setiembre de 2014 VISTOS: El OF. RE (DGM-DAS) Nº 2-23/7, remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores; el FACSIMIL (DGM- DAS) Nº 107 y su documentación adjunta, remitido por el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Informe Nº 308-2014-MIDIS/SG/ OGCAI y el Memorando Nº 113-2014-MIDIS/SG/OGCAI, emitidos por la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Memorando Nº 253-2014-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. CONSIDERANDO: Que, mediante FACSIMIL (DGM-DAS) Nº 107, el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la realización de dos reuniones, técnica y de alto nivel, en el marco de la iniciativa The Equal Futures Partnership - EFP (Alianza para un futuro igualitario), a realizarse los días 19 y 22 de setiembre de 2014, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, mediante OF. RE (DGM-DAS) Nº 2-23/7, el Ministro de Relaciones Exteriores manifestó que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es uno de los sectores representantes del Estado Peruano ante la iniciativa The Equal Futures Partnership – EFP por lo que sugiere designar un funcionario de alto nivel para que participe en las reuniones indicadas en el considerando precedente; Que, al respecto, la iniciativa The Equal Futures Partnership - EFP busca ampliar las oportunidades de participación política de las mujeres a través de su plena inserción en la vida pública, y a dar impulso al empoderamiento económico inclusivo de las mismas; además, esta iniciativa contempla la participación de Gobierno, sector privado y sociedad civil, con la fi nalidad de contribuir a la reducción de la brecha de género; Que, el Gobierno del Perú forma parte de la citada iniciativa como socio fundador, en mérito al reconocimiento de su política de inclusión social y a los esfuerzos y avances que se vienen realizando sobre la materia; Que, en el marco de la citada iniciativa, se llevó a cabo en la ciudad de Nueva York, en setiembre de 2012, la reunión “Alianza para un Futuro Igualitario para Ampliar la Participación Política y Económica de las Mujeres”, en la cual el Perú adoptó el compromiso de promover la inclusión fi nanciera de las mujeres usuarias de los programas sociales; Que, la participación en las reuniones citadas, en el marco de la iniciativa The Equal Futures Partnership – EFP, es importante para los objetivos de la política exterior del Perú, ya que servirán para mostrar los avances del Perú en relación con la mencionada iniciativa; Que, en dicho contexto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, son funciones del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, entre otras, gestionar, administrar y ejecutar la política, planes y proyectos, y coordinar y articular las actividades que desarrollan las distintas entidades a cargo de programas sociales, así como promover y articular las intervenciones sociales de las entidades del sector privado y la sociedad civil, en materia de desarrollo e inclusión social; Que, por lo expuesto, atendiendo a que las materias a tratar en las dos reuniones, técnica y de alto nivel, en el marco de la iniciativa The Equal Futures Partnership – EFP, se encuentran relacionadas con las funciones y competencias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta de importancia e interés nacional la participación de la señora Norma Edelmira Vidal Añaños, Viceministra de Prestaciones Sociales, en las mencionadas reuniones, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece, respecto de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de