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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532634 de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú”, encargado de organizar, preparar y realizar las mencionadas Juntas de Gobernadores correspondientes al año 2015; Que, el objetivo del viaje es participar en calidad de observadores, a fi n de conocer in situ el desarrollo y la organización de cada uno de los eventos que se desarrollan durante la semana que dura la Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores; Que, adicionalmente, se busca sostener reuniones de trabajo con el staff del BM/FMI, encargado de la organización de dicho evento y realizar actividades específi cas orientadas a la ejecución de su plan de trabajo, con la fi nalidad de replicar la experiencia en la realización y conducción del evento que se celebrará en Lima en el año 2015, a cargo del “Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú”; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar el viaje de la señorita Laura Berta Calderón Regjo, Asesora del Despacho Ministerial, para que participe en representación del Ministerio de Economía y Finanzas en calidad de observadora en las mencionadas reuniones, del 8 al 15 de octubre de 2014, y realice las actividades descritas en los considerandos precedentes; Que, el literal e) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispone que, los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que participen en las reuniones de los organismos multilaterales fi nancieros de los que el país es miembro, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, en consecuencia, siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País aprobada con Resolución Ministerial Nº 662- 2012-EF/43 y sus modifi catorias aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolución Ministerial Nº 027-2014-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio de la señorita Laura Berta Calderón Regjo, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 16 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes aéreos : US $ 1 845,96 - Viáticos (8 días) : US $ 3 520,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1137742-1 Modifican Instructivo de la Meta 42, aprobado mediante la R.D. Nº 003- 2014-EF/50.01 y modificatoria, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 019-2014-EF/50.01 Lima, 12 de setiembre de 2014. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2014- EF/50.01 modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 015-2014-EF/50.01, se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, correspondientes a las metas del 01 al 25 y metas del 26 al 54, cuyas fechas de cumplimiento son al 31 de julio de 2014 y 31 de diciembre de 2014, respectivamente; Que, la meta 42 que debe ser cumplida al 31 de diciembre de 2014, fue propuesta por el Consejo Nacional de la Competitividad, el mismo que ha solicitado mediante Memorando N° 285-2014-EF/10.35.01 modifi car los plazos para el cumplimiento de algunas de las actividades que los gobiernos locales deben realizar para cumplir dicha meta; Que, por lo expuesto, resulta necesario modifi car el numeral 5.1 del artículo 5° del instructivo de la Meta 42, aprobado por la Resolución Directoral N° 003-2014- EF/50.01 y modifi catoria, el cual señala las actividades que deberán realizar los Gobiernos Locales para el cumplimiento de la meta en mención, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2014; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación del Instructivo de la Meta 42 aprobado por la Resolución Directoral N° 003-2014- EF/50.01 Modifíquese el numeral 5.1 del artículo 5° del Instructivo de la Meta 42, aprobado por la Resolución Directoral N° 003-2014-EF/50.01 y modifi catoria, en los siguientes términos: “(…) Artículo 5°.- Cumplimiento de la META 42 5.1 Supuesto de cumplimiento: Para cumplir la META 42, las municipalidades deberán alcanzar el puntaje mínimo establecido en el cuadro de indicadores y nivel de cumplimiento que se detalla a continuación: CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO INDICADORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE Actividad 1: Para el caso de Municipalidades Distritales, emisión de la Ordenanza que aprueba el TUPA y ofi cio de remisión a la Municipalidad Provincial para su ratifi cación hasta el 15 de noviembre de 2014. La verifi cación se realizará por medio de la documentación remitida al Consejo Nacional de la Competitividad –CNC- por la Municipalidad hasta el 31 de diciembre de 2014 En el caso de Municipalidades, Provinciales, emisión de la Ordenanza que aprueba el TUPA hasta el 15 de noviembre de 2014. La verifi cación se realizará por medio de la documentación remitida al Consejo Nacional de la Competitividad –CNC- por la Municipalidad, hasta el 31 de diciembre de 2014 (…) 35 25