NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532628 Que, en ese sentido, siendo interés del Sector Defensa el intercambio de experiencias entre los miembros de las Plantas Orgánicas de las Escuelas Superiores Conjuntas para la capacitación educativa y contribuir a la excelencia académica, es necesario designar a los tres (03) Ofi ciales superiores que desempeñan los cargos anteriormente mencionados en la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, para que participen en la referida actividad; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, del Personal de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas que realizará una visita profesional a la Escuela Superior de Guerra Conjunta de la República Argentina, con sede en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 22 al 26 de setiembre de 2014; así como autorizar su salida del país el 21 de setiembre y el retorno el 27 de setiembre de 2014; que a continuación se indica: - Capitán de Navío AP Juan Carlos Ricardo LLOSA PAZOS, identifi cado con DNI Nº 07869539, Director. - Teniente Coronel EP Carlos Ramiro SÁNCHEZ CAHUANCAMA, identifi cado con DNI Nº 09553998, Sub Director. - Comandante FAP Sandro Manuel CABREJOS RENGIFO, identifi cado con DNI Nº 43434796, Jefe de Evaluación. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 1,197.04 x 3 personas (Incluye TUUA) US$ 3,591.12 Viáticos: US$ 370.00 x 3 personas x 6 días US$ 6,660.00 TOTAL US$ 10,251.12 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1138508-6 Autorizan viaje a Colombia del Viceministro de Recursos para la Defensa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 466-2014-DE/ Lima, 16 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 19 de mayo de 2014, el Viceministro para el Grupo Social y Empresarial de la Defensa del Ministerio de Defensa Nacional de Colombia, comunicó que el Ministerio de Defensa Nacional de Colombia conjuntamente con Global Offset and Countertrade Association (GOCA), invitan al señor Jakke Raimo Milagro Valakivi Álvarez, Viceministro de Recursos para la Defensa, a fi n que realice una presentación durante la Conferencia GOCA, que se realizará en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia del 28 de setiembre al 1 de octubre de 2014; Que, la mencionada Conferencia constituye un foro en la cual se puede hacer una presentación sobre el estado actual de la política de offset en la República del Perú, exponiendo proyectos y programas de adquisiciones presentes y futuras entre otros aspectos; Que, es de interés institucional autorizar el viaje del señor Jakke Raimo Milagro Valakivi Álvarez, Viceministro de Recursos para la Defensa, para que participe en la mencionada actividad, la misma que constituye una oportunidad para fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperación entre ambos países; Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fi n de facilitar la participación del funcionario comisionado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 del Pliego 026: Ministerio