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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (19/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Viernes 19 de setiembre de 2014 532836 Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1139781-10 Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2014-IN Lima, 18 de setiembre de 2014 VISTOS; el Mensaje Nº DR 16.286/12 UDI G.9 mag de fecha 28 de agosto de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires República Argentina; y, el Memorándum Múltiple Nº 431-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 5 de setiembre de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 073-2014-JUS de fecha 27 de marzo de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Julio Rosendo Ríos Suarez, formulada por la Primera Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de menor de edad con identidad reservada; y disponer su presentación por vía diplomática a la ciudad de Buenos Aires República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Mensaje Nº DR 16.286/12 UDI G.9 mag de fecha 28 de agosto de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires República Argentina, hizo de conocimiento que la Cancillería Argentina ha comunicado que la extradición del ciudadano peruano Julio Rosendo Ríos Suarez ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladado al Perú; en tal sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires República Argentina hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 352-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 4 de setiembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 21 al 25 de setiembre de 2014, del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Gilmar Julián Navarro Rodríguez y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio López Ramírez, a la ciudad de Buenos Aires República Argentina, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano antes mencionado; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 431-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y la extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios, del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Gilmar Julián Navarro Rodríguez y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio López Ramírez, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Julio Rosendo Ríos Suarez, quien se encuentra requerido por la Primera Sala Penal de Reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de menor de edad con identidad reservada, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires República Argentina, del 21 al 25 de setiembre de 2014. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.850 10,545.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi era el artículo 1º de la presente deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será