NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (19/09/2014)
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El Peruano Viernes 19 de setiembre de 2014 532826 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios específi cos de cumplimiento obligatorio para la importación de embriones de bovinos recolectados in vivo procedente de Francia. Artículo 2°.- Los requisitos sanitarios serán publicados en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob. pe). Artículo 3º.- Disponer la emisión de los Permisos Sanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUEVEDO VALLE Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1139402-1 AMBIENTE Autorizan viaje de representantes del Ministerio del Ambiente a los EE.UU. y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 303-2014-MINAM Lima, 18 de setiembre de 2014 Visto; el Memorando N° 500-2014-MINAM/VMDERN de 16 de setiembre de 2014, del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorándum N° 058-2014-MINAM/COP20/ETFP de 15 de septiembre de 2014, del Responsable del Equipo de Trabajo del Frente Público COP20/CMP10; la Memoranda N.° 054, 056, 059 y 060-2014-MINAM/COP20/DN de 01, 09, 16 y 18 de septiembre de 2014, respectivamente, de la Dirección Nacional – Proyecto N° 00087130; la Memoranda N.° 060, 062 y 072-2014-MINAM/COP20/ETN de 28 de agosto, 04 de septiembre y 17 de septiembre de 2014, de la Responsable del Equipo de Trabajo de Negociación COP 20; el Memorando N° 095-2014-MINAM/COP20/ETGC, de la Responsable del Componente de Comunicaciones y Gestión del Conocimiento; las Fichas de Solicitud Autorización de Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente ha sido invitado para asistir a los siguientes eventos: i) Informal Ministerial Climate Change Roundtable; ii) Major Economies Forum (MEF); iii) Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas 2014; iv) Cumbre sobre el Clima 2014, con los Jefes de Estado y el Secretario General de las Naciones Unidas; v) General debate of the sixty-ninth regular session of the General Assembly; vi) Reunión con los Ministros de Ambiente de Latinoamérica y el Caribe; y, vii) Reunión bilateral con Halldor Thorgeirsson y representantes de la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que se realizarán en la ciudad de Nueva York – Estados Unidos de América, del 20 al 26 de septiembre de 2014; Que, así mismo se requiere participar en los siguientes eventos: i) Clinton Global Initiative Annual Meeting Confronting Climate Change and Good Economics; ii) Climate Week NYC Opening Day: Toward a Vibrant Low Carbon Economy; iii) Foro Naciones Unidas, segmento Sector Privado y Costo del Carbón; iv) Global Investment Simposium; v) Climate Summit Thematic Discussions: Climate Health and Jobs / Climate Science; vi) ICAP-IETA Hight Level Carbon Pricing Dialogue; viii) Green Trade and Climate Action on the road to COP21; viii) Climate Week NYC; Reunión de coordinación con la NYU Law School para el Academic Symposium on the International Climate Negotiations; ix) Academic Symposium on the International Climate Negotiation, a realizarse en la ciudad de Nueva York, del 22 al 26 de septiembre de 2014; posteriormente se desarrollarán las siguientes reuniones: i) B4E Climate Summit 2014 y, ii) Reuniones Bilaterales con los Grupos de Interés del Frente Público, a realizarse en la ciudad de Londres – Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 29 de setiembre al 05 de octubre de 2014; Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Asimismo, de acuerdo a la decisión adoptada en el marco de la Reunión Intersesional de la COP19, la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10 se llevarán a cabo en la ciudad de Lima el presente año, eventos cuya realización fueron declarados de interés nacional mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM; Que, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se llevarán a cabo distintas reuniones enmarcadas dentro de la estrategia de negociaciones de la Presidencia Peruana. Las reuniones permitirán desempeñar el rol de facilitación en las negociaciones. Temáticamente, la participación contribuye a los avances relacionados al proceso del ADP, el fi nanciamiento climático y las contribuciones de mitigación de los países parte; Que, la Asamblea General ocupa un lugar central como principal órgano deliberativo de la formulación de políticas y representativo de las Naciones Unidas, así como, proporciona un foro para el debate multilateral de toda la gama de cuestiones internacionales, dentro de las cuales se encuentra el cambio climático; además, se realizarán diversas reuniones en las que se tratarán temas vinculados a la Presidencia Peruana de la COP20/CMP10; Que, en virtud de lo dispuesto en la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, con fecha 20 de diciembre de 2013, el Ministerio del Ambiente suscribió con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, el Documento de Proyecto – Award 00070511-00087130 “Proyecto de apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP20); la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP10), sus actividades y eventos conexos. COP20-PERU-2014 (Proyecto N° 00087130), por el cual se transfi rieron recursos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD; Que, el artículo 10, numeral 10.1 de la Ley N° 30114, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo las excepciones listadas en el referido numeral 10.1, entre las que se encuentran los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, el viaje se encuentra subsumida en la excepción establecida por el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la organización y negociación para la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente; Que, la asistencia y participación en los eventos mencionados, se realiza en representación del Estado Peruano, específi camente del Ministerio del Ambiente – MINAM, encontrándose subsumida, por ende, en los alcances de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; así como en la excepción establecida por el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razón a que el viaje se efectúa en el marco de la organización y negociación para la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10;