NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (19/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 23
El Peruano Viernes 19 de setiembre de 2014 532837 refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1139781-11 Aprueban el “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014- 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0963-2014-IN/DGPP Lima, 18 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM se aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, instrumento que establece las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción; Que, mediante Decreto Supremo N° 046-2013- PCM se aprobó la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementarán en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016; Que, los objetivos, estrategias y acciones plasmados en el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012- 2016 y la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo deben ser desarrollados en Planes Sectoriales, que establezcan claramente las actividades, indicadores y responsables para cada acción que se proponga realizar; Que, el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018 aprobado el 12 de julio del 2013 por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), constituye una respuesta pública integral y participativa contra la inseguridad, la violencia y el delito en el Perú; Que, el quinto objetivo estratégico del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018 es fortalecer a la Policía Nacional del Perú, como una institución moderna, con una gestión efi caz, efi ciente y con altos niveles de confi anza ciudadana cuyo objetivo específi co 5.3 es fortalecer el régimen disciplinario, la lucha contra la corrupción y las prácticas de transparencia y rendición de cuentas en la Policía Nacional del Perú, para lo cual contempla como actividad 6 la formulación de la política sectorial de lucha contra la corrupción en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción; Que, el décimo primer objetivo estratégico del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Interior 2013- 2016 es reducir los niveles de corrupción en el Sector, siendo su objetivo específi co 1, reducir el número de casos de corrupción en el Sector Interior; Que, en tal virtud, mediante Resolución Ministerial N° 1012-2013-IN de fecha 11 de julio de 2013, se constituyó en el Ministerio del Interior una Comisión Sectorial encargada de formular una propuesta de Plan de Lucha Contra la Corrupción en el Sector Interior, como instrumento de política fundamental para una gestión pública en el marco de la ética y la transparencia; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0281- 2014-IN de fecha 28 de febrero de 2014, se dispuso la publicación del proyecto del Plan de Lucha Contra la Corrupción en el Sector Interior 2014-2016 en la página web: www.mininter.gob.pe, para recibir los aportes y comentarios de entidades públicas y privadas, así como de la ciudadanía en general, orientados al perfeccionamiento del Plan propuesto, los mismos que fueron debidamente evaluados y sistematizados; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Plan de Lucha Contra la Corrupción en el Sector Interior 2014-2016, el cual permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, que aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Política Sectorial Aprobar el “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014-2016”, como política sectorial, instrumento de gestión que establece los objetivos para la prevención, investigación y sanción de actos de corrupción, así como la promoción de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y empresa privada; el mismo que en calidad de Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014-2016 es de aplicación obligatoria por los organismos públicos, fondos e instituciones públicas adscritas al Ministerio del Interior: la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI), el Fondo de Aseguramiento de Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL) y la Policía Nacional del Perú. Artículo 3.- Implementación, monitoreo y evaluación de la política sectorial El Ministerio del Interior, a través de la Inspectoría General del Sector Interior, tendrá a su cargo la implementación, monitoreo y evaluación del “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014- 2016”, a través de la Matriz de Monitoreo y Evaluación, en tanto instrumento de medición y control de la Política Sectorial. Artículo 4.- Difusión de la política sectorial El Ministerio del Interior, a través de la Inspectoría General del Sector Interior, tendrá a su cargo la difusión de los contenidos y alcances del “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014-2016”. Artículo 5.- Informe de avances de ejecución de la política sectorial La Inspectoría General del Sector Interior informará trimestralmente al Ministro del Interior sobre los avances en la ejecución del “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Interior 2014-2016”. Artículo 6.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional autorizado en los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 7.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada el mismo día en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (www.sucamec.gob.pe), la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (www.onagi.gob.pe) y la Policía Nacional del Perú (www.pnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1139469-1