Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2014 (26/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014

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las Obras y edificaciones en general dentro del Area de la Concesion que hubieren sido construidos o adquiridos por el Concesionario durante la vigencia de la Concesion. · Seran considerados Bienes del Concesionario, todos los bienes destinados a la ejecucion del Contrato, distintos a los Bienes del Concedente, que son de titularidad del Concesionario. C.8 Servidumbres La empresa proponente, debera a la suscripcion del contrato de concesion contar con las autorizaciones correspondientes para el establecimiento de las servidumbres que se requiere para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato. Las servidumbres podran ser, entre otras, convencionales, de paso y de transito. C.9 Expediente Tecnico · El Expediente Tecnico podra ser presentado de manera parcial o integral, de manera tal que permita la ejecucion de la obra en los plazos establecidos en el Contrato de Concesion. · El Expediente Tecnico incluye el EIA y los estudios de evaluacion arqueologica para la obtencion del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (CIRA). C.10 Bienes y/o Servicios Publicos sobre los cuales se desarrollara el proyecto SISTEMA DE AGUA POTABLE: Para el sistema de agua potable se requiere un sistema de bombeo con planta de tratamiento, considerandose las siguientes obras: Sistema de Captacion. Captacion de rio, en los sectores de Suchis y Churi, sea con agua proveniente del Rio Coata, desarrollando las obras de desarenador, linea de conduccion, entre otros trabajos similares. Planta de Tratamiento de Agua Potable. En un Area de 3.00 Has., en el Sector Churi y 16 Has., en el Sector "San Miguel" de Suchis; Reservorio apoyado con una Capacidad de 5,000 m3, ubicado en el cerro Caracoto, Churi y Suchis; Linea de Aduccion y Red de Distribucion, con una longitud aproximada de 160 km, con tuberias PVC de 8", 6", 4" y 3", con todos sus componentes y accesorios; Conexiones Domiciliarias, debiendo ejecutar 30,000 unidades de conexiones domiciliarias a cada una de las viviendas. SISTEMA DE ALCANTARILLADO: Se requiere un sistema mixto de bombeo y gravedad, hacia una planta de tratamiento de aguas residuales, proponiendose las siguientes obras: Construccion de 05 camaras de bombeo, de acuerdo a la topografia de la zona; Redes Colectoras de Desague, se requiere un sistema colector de tuberias y buzones de inspeccion, en una longitud de 157 km, y 2,500 buzones, para tuberias de diametros de 10" y 8"; Red Emisor, se requiere la ejecucion de una red emisor de aproximadamente 8 km, para conducir las aguas servidas a la planta de tratamiento; Plantas de Tratamiento, se requiere la construccion de plantas de tratamiento de aguas residuales, con todos los componentes necesarios en una extension de 10 Has., y sea Ubicado en el sector "Yanarico" de Suchis; Conexiones Domiciliarias, se requiere la ejecucion de 30,000 unidades de conexiones domiciliarias y en partes que MORDAZA propuestos. C.11 Calendario y Plazo de Ejecucion de Obras · El Concesionario debera presentar un Calendario de Ejecucion de Obras que incluya tiempos de ejecucion, a nivel de componentes y partidas relativas a las Obras hasta su culminacion. · En el Contrato de Concesion se fijara el plazo MORDAZA para la culminacion de las Obras. C.12 Inicio de Construccion La Construccion debera iniciarse a mas tardar a los treinta (30) Dias Calendario contados a partir de la Fecha de Vigencia de las Obligaciones.

regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos. · Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la inversion Descentralizada. · Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley MORDAZA de Promocion de la inversion Descentralizada, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM. · Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos · Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos · Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente y normas modificatorias y complementarias que MORDAZA aplicables. · Ley Nº 26786, Ley de evaluacion de impacto ambiental para obras y actividades. · Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el crecimiento de la Inversion Privada y sus normas modificatorias y sustitutorias. · Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. · Directiva Nº 006-2006 "Tramitacion y Evaluacion de iniciativas Privadas en Proyectos de Inversion" aprobada por Resolucion del Director Ejecutivo de PROINVERSION Nº 104-2006 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de setiembre de 2006. · Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, MORDAZA Tecnica del Reglamento Nacional de Edificaciones 08.090 Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales. · Ley Nº 30167 que modifica la Ley MORDAZA de las Asociaciones Publico-Privadas. · Decreto legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley MORDAZA de asociaciones publicos privadas para la generacion de empleo productivo. · Decreto Supremo Nº 127-2014-EF, MORDAZA Reglamento de la Ley de Asociaciones Publico-Privadas. La empresa proponente se obliga afrontar los estudios necesarios, tales como Expediente Tecnico, Estudio de impacto Ambiental, Evaluacion de Restos Arqueologicos, asi como todos los tramites requeridos ante las autoridades competentes, que son necesarios para asegurar la aprobacion y funcionamiento del proyecto, incluyendo la aprobacion del vertimiento del afluente, la disposicion final de los residuos solidos, lodos, gases y demas elementos producidos. C.- ELEMENTOS ESENCIALES DEL PROYECTO DE CONTRATO A SUSCRIBIRSE PARA FORMALIZAR LA EJECUCION DE LA INICIATIVA PRIVADA MODALIDAD AUTOSOSTENIBLE C.1 Objeto Diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del proyecto. C.2 Propuesta de modalidad de participacion privada La modalidad sea en la Iniciativa Privada es la de CONCESION a titulo gratuito y AUTOSOSTENIBLE, en la medida que contempla que los ingresos provendran de los servicios prestados a los usuarios, los que seran suficientes para cubrir la inversion y el mantenimiento. C.3 Plazo de la Concesion Sea un plazo de Concesion No Mayor de 50 anos a partir de la fecha de suscripcion del Contrato de Concesion. C.4 Concedente La Municipalidad Distrital de Caracoto. C.5 Concesionario Adjudicatario de la Buena Pro. C.6 Suspension del plazo El plazo de concesion se suspendera en los siguientes casos: Fuerza mayor; Acuerdo escrito entre las Partes; y Otros casos expresamente previstos en el Contrato de Concesion. C.7 Regimen de Bienes · Seran considerados Bienes del Concedente: i) los inmuebles, servidumbres y obras de infraestructura entregados por el Concedente; y ii) los bienes resultado de

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