Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2014 (26/09/2014)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 83
El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014
533441
aprobar los planes, programas y normatividad que se adquiera para el cumplimiento del mismo. Articulo 4º.- FACULTESE, al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia. Dicte las medidas reglamentarias, modificatorias, derogatorias o de adecuacion necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- DEROGUESE, y/o dejese sin efecto alguno las Ordenanzas Municipales y todas las disposiciones que se opongan en parte o al integro del texto dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 1142028-1
conservacion ambiental, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3, del articulo 73º de la Ley Nº 27972, "Ley Organica de Municipalidades"; Que, conforme al articulo 25º incisos 25.1 y 25.2 de la Ley Nº 28245, "Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental"; con fecha junio del 2013, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2013-CDB se aprobo la creacion de la Comision Ambiental Municipal del Distrito de Bellavista (CAM-BV) como instancia de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal; promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado, articulan sus politicas ambientales con el Ministerio del Ambiente como ente rector y las Comisiones Ambientales Regional y Provincial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la Politica Nacional del Ambiente, constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias e instrumentos de caracter publico, que tienen como proposito definir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, del sector privado y la sociedad civil, en materia ambiental, en este sentido mediante Decreto Supremo Nº 014-2011 MINAN se aprobo el Plan de Accion Ambiental 2011-2021 y por R. M. Nº 026-2013-MINAM que aprueba la Agenda Nacional de Accion Ambiental 2013-2014. Que, por Ordenanza Municipal Nº007-2013-MDB de fecha 26 de Junio del 2013, la Municipalidad de Bellavista, aprueba la creacion de la Comision Ambiental Municipal del Distrito de Bellavista y su reglamento, del mismo modo segun Decreto de Alcaldia Nº014-2013-MDB-AL de fecha 01 de Octubre del 2013, se reconoce a los miembros titulares y alternos de la Comision Ambiental Municipal, visto el Informe Nº 0X-2014-MDB/GSCMA-GJCDE la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, quien emite opinion favorable para la aprobacion de la Politica Ambiental Local (PAL) y la Agenda Ambiental Local (AAL) instrumentos concertados con el aporte de los Talleres de Gestion Ambiental participativa en el espacio de la Comision Ambiental Municipal del Distrito de Bellavista y los Talleres de Coordinacion a nivel institucional. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son los normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º y 40º de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, en Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de Lectura y aprobacion del Acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA POLITICA AMBIENTAL LOCAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA CALLAO Articulo 1º.- APROBAR la Politica Ambiental Local (PAL) del Distrito de Bellavista, con enfoque de gestion de riesgos de desastres y cambio climatico conforme a la Politica Ambiental Nacional y que se articula con los lineamientos de Politica del Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Provincial del Callao, cuyo texto en anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- AUTORIZAR al senor MORDAZA Distrital de la Municipalidad de Bellavista, para que mediante acto resolutivo de su competencia apruebe la Agenda Ambiental Local (AAL) del Distrito de Bellavista, con enfoque de gestion de riesgos de desastres y cambio climatico, articulada a la Agenda Ambiental Nacional y que se articula con las directrices y metas de Agenda Ambiental del Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 3º.DESARROLLO, DIRECCION, SUPERVISION Y EJECUCION: La Municipalidad de Bellavista, en coordinacion con los representantes de la Comision Ambiental Municipal CAM BC, son los encargados de formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Politica Ambiental Local, que se apruebe por el Articulo 1º; asimismo como de
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican Ordenanza que establece Beneficio de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Edificacion en el distrito
ORDENANZA Nº 009- 2014-MDLP La MORDAZA, 15 de Setiembre del 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha, 15 de Setiembre del 2014, el Dictamen de la Comision Ordinaria de Servicios Tecnicos sobre la Modificacion y Ampliacion de la Ordenanza que establece el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Edificacion en el Distrito de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru establece que "las Municipalidades Distritales son los Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, el Numeral 8 del Articulo 9 de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del concejo aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, entre las funciones especificas de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, previstas en el Numeral 3.6 del Articulo 79 de la Ley Organica de Municipalidades, se encuentra la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, referida a la construccion y/o remodelacion de los inmuebles ubicados en su jurisdiccion; Que, con Decreto Supremo 035-2006-VIVIENDA se aprobo el TUO de la Ley 27157 denominada Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento para la declaracion de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun; Que, con la Ley 29090 promulgada para regular las Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se derogo el Titulo II de la Ley 27157, estableciendose la posibilidad de regularizar las construcciones sin licencia de obra, hasta el 31/12/2008; plazo que fuera MORDAZA, a su vez, por 180 dias calendario, a traves de la Ley 29300 del 17/12/008; Que, con Ley 29476 promulgada el 18/12/09, se modifica y complementa la Ley 29090 y se dispone que los alcances de la posibilidad de regularizar las construcciones sin licencia de obra, se extienda hasta el 31/12/10; Que, con Ley 29898 promulgada el 11/07/12 se modifica algunos articulos de la Ley 29090 y se establece,