Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2014 (26/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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2º y 5º de la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las Entidades Publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; incisos g) y h) del articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias, que establecen: Los Gobiernos Regionales, son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Asi como fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto Regional; articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, senalando que la Comision de Servicios, es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzado y que estan directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Decreto Supremo Nº 047-2007-PCM, que aprueba las normas complementarias sobre autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos o de cualquier persona, representante del Estado; Que, en atencion a los hechos expuestos ut supra y contando con los antecedentes enunciados en los vistos, en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales y responsabilidad, establecidos en los articulos 13, 15º literal a), 16º literal a) y 39º de la Ley - Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; articulos 01º, 02º literal a), 09º, 10º, 11º y 12º literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR: 15/12/08, modificado por Ordenanza Regional Nº 016-2011-GRL-CR: 16/12/11 y demas normas

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014

pertinentes, en Sesion Ordinaria, de fecha jueves 15 de MORDAZA de 2014, llevada a cabo en el salon de actos de la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA - DRAL, sito en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 113 ­ 3er. piso ­ Distrito de Iquitos y contando con los votos a favor por parte de los Consejeros Regionales, un (01) MORDAZA de abstencion por parte del Consejero Regional, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la provincia de MORDAZA - Nauta y dispensa de lectura y aprobacion del Acta, el Pleno del Consejo Regional de Loreto: acordo por mayoria lo siguiente: Articulo Primero.- Autorizar el viaje al exterior a la MORDAZA de manaos ­ Brasil, por el lapso de cinco (05) dias calendarios, desde el dia martes veinte (20) hasta el dia sabado veinticuatro (24) del mes de MORDAZA de 2014, de los siguientes funcionarios: Lic. Yvan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente del Consejo Regional de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente de la Comision de Desarrollo Economico, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente de la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Gerente General Regional y el Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Gerente Regional de Desarrollo Economico, del Gobierno Regional de MORDAZA, para participar en la feria Transpoamazonica ­ 2014, la misma que se llevara a cabo desde el dia miercoles veintiuno (21) hasta el dia viernes veintitres (23) del mes de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de manaos, precisandose que dicho desplazamiento irrogara un gasto ascendente a la suma de veintisiete mil setecientos veinte y 00/100 nuevos soles (s/. 27,720.00), Por concepto de transporte, alojamiento, alimentacion, movilidad y otros, los cuales seran asumidos integramente por la institucion. Articulo Segundo.- El Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asumira las funciones del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, conforme lo establece el articulo 23º de

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