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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 87

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533445 entrega en Concesión al sector privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos), declara de Interés Nacional la promoción de la Inversión Privada en el ámbito de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, precisando que la modalidad bajo la cual se promueve la inversión privada es la Concesión. Asimismo, la Ley Nº 28059 (Ley Marco de la Promoción de la Inversión Descentralizada), autoriza a los Gobiernos Locales para que en concordancia con su Ley Orgánica, puedan entre otras funciones, supervisar, en su ámbito, el cumplimiento de las políticas y estrategias de promoción de la inversión privada, concertar con el sector privado la orientación de la inversión pública necesaria para la promoción de la inversión privada, y promover la búsqueda de mercados internos y/o externos estables para proyectos de inversión local; Quinto.- Que, asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1012 (que aprueba la ley Marco de Asociaciones Público- Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada), señala que se encuentran bajo su ámbito de aplicación las entidades pertenecientes al Sector Público No Financiero, según lo establecido el anexo de defi niciones de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia. La misma norma precisa que en el caso de las entidades públicas correspondientes a los niveles de Gobierno Regional y Local, las Facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada se ejercen en forma directa a través del Gobierno Regional o Local designado a tales efectos; Sexto.- Que, en el presente caso, si bien es cierto que la Municipalidad Distrital de Caracoto, no tiene capacidad económica y fi nanciera de administrar y reglamentar los servicios básicos antes aludidos; también es verdad que, en uso irrestricto de las facultades que le concede la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo, dispuso viabilizar los trámites correspondiente, con arreglo a derecho el Pleno del Concejo Municipal de la Provincia de San Román-Juliaca, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2014 de fecha 29 de Enero del 2014, OTORGA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARACOTO LA DELEGACIÓN EXPRESA DE FACULTADES, PARA INICIAR GESTIONES SOBRE El SISTEMA DE SANEAMIENTO BÁSICO DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DESAGÜE Y ALCANTARILLADO. Séptimo.- Que, la Iniciativa Privada Propuesta en su Modalidad de AUTOSOTENIBLE, Presupuestal y Financieramente Benefi cia de Manera Sustancial a los Mínimos y Alicaídos Presupuestos con que cuenta la Municipalidad Provenientes del Erario Nacional y Recaudación Local, Que, al ser tan mínimos en defi nitiva es imposible alcanzar la ejecución de este tipo de proyectos y poder atender a nuestra población, así mismo la iniciativa privada al ser el privado es quien diseña el proyecto, bajo su cuenta y riesgo, asimismo, le ahorra tiempo a la Municipalidad al evitar la realización de un proyecto con presupuesto público la misma que otorgaría enorme plazo en la búsqueda de fi nanciamiento. Octavo.- Que, la Iniciativa Privada se armoniza perfectamente con dicho propósito puesto que la Municipalidad tiene la oportunidad de efectuar las adiciones que considere pertinentes para alinear la Iniciativa Privada a los propósitos municipales, tal y como está previsto en el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento D.S. Nro. 127-2014-EF, en consecuencia, abrir la puerta para que cualquier otra empresa pueda expresar su interés en ejecutar el proyecto, para lo cual la Ley ha previsto un plazo de 90 días Calendario, a partir de la fecha de publicación de la Declaratoria de Interés; DECLARATORIA DE INTERES DE LA INICIATIVA PRIVADA “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO URBANO DEL DISTRITO DE CARACOTO” La Municipalidad Distrital de Caracoto, por Intermedio del Pleno del Concejo Municipal tal y como consta en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 14-2014-MDC/CM, de fecha 28 de Agosto de 2014, por UNANIMIDAD, APROBARON LA DECLARATORIA DE INTERÉS Mediante RESOLUCION DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 08-2014-MDC/CM, de fecha 03 de Setiembre de 2014, la Iniciativa Privada denominada “Construcción del Sistema Integral de Agua Potable y Alcantarillado Urbano del Distrito de Caracoto”, en la modalidad de AUTOSOSTENIBLE de conformidad al artículo 4º del D. LEG. 1012. EL PLAZO DE PUBLICACIÓN ES DE 90 (NOVENTA) DÍAS CALENDARIO, a Partir del Día Siguiente de la Fecha de Publicación de la DECLARATORIA DE INTERÉS, por ÚNICA VEZ en el Diario Ofi cial “EL PERUANO” y Diario “LA REPÚBLICA” que es el Diario Ofi cial de la Región y de Circulación Nacional, así como en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Caracoto, tal y como está previsto en el Artículo 15º y 16 de la Ley, Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento D.S. Nro. 127-2014- EF. Que, de Conformidad a la Constitución Política del Estado, Consagra Expresamente la Autonomía Política, Económica y Administrativa de las Municipalidades, en los asuntos que sean de su competencia. Dicha autonomía ha sido desarrollada por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, precisando que la autonomía para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de Conformidad al Artículo 80º de la LOM Nº 27972, establece las competencias y funciones especifi cas entre los asuntos que se encuentran en su numeral 4, 4.1 que expresa el de administrar y reglamentar, directa o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe,… in fi ne. Que, la Constitución Política del Estado también preceptúa que, en el marco de una Economía Social de Mercado, la Iniciativa es libre. Bajo este marco, el Estado actúa en la promoción de los servicios públicos y la infraestructura, entre otros; concordante con el decreto PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION