Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2014 (27/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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de MORDAZA (www.munlima.gob.pe), cuya vigencia sera al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 23 de setiembre de 2014 MORDAZA NUNEZ MORDAZA Encargado de Alcaldia 1142941-1

El Peruano Sabado 27 de setiembre de 2014

Aprueban el "Protocolo de Actuacion en Agua, Saneamiento e Higiene para Emergencias en MORDAZA Metropolitana"
DECRETO DE ALCALDIA N° 008 MORDAZA, 25 de setiembre de 2014 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 163° de la Constitucion Politica del Peru, el Estado garantiza la seguridad de la Nacion mediante el Sistema de Defensa Nacional; Que, el articulo 2° de la Ley N°29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que dicha Ley es de aplicacion y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas publicas de todos los niveles de gobierno, asi como para el sector privado y la ciudadania en general; Que, el articulo 3° de la referida Ley, define que la Gestion del Riesgo de Desastres como un MORDAZA social cuyo fin ultimo es la prevencion, la reduccion y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad, asi como la adecuada preparacion y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las politicas nacionales con especial enfasis en aquellas relativas a materia economica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, a su vez, el inciso 14.1 del articulo 14° de la citada Ley, establece que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres, en el ambito de su competencia, en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha Ley y su Reglamento; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 009 de fecha 04 de octubre del 2013, se aprobo la "Estrategia Metropolitana de MORDAZA en Gestion del Riesgo de Desastres 2013 ­ 2014", con la finalidad de fortalecer el liderazgo del Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las capacidades de coordinacion con las municipalidades distritales e instituciones publicas y privadas, para la puesta en marcha de programas e iniciativas de reduccion de riesgos de desastres; prevenir y reducir los riesgos de desastres mediante la participacion ciudadana y de las instituciones publicas y privadas; reforzando la responsabilidad y solidaridad entre los ciudadanos y proteger preferentemente a las personas mas vulnerables; promover la concertacion y coordinacion con los diferentes niveles de gobierno; y hacer efectivo el Acuerdo Nacional, en lo referido a la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad al articulo 155° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 812 y modificatorias, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, es el organo de linea responsable de conducir y supervisar los procesos vinculados con la seguridad ciudadana y de defensa civil, contribuyendo a asegurar la convivencia pacifica, el control de la violencia MORDAZA

y la prevencion de delitos y faltas en el Cercado de MORDAZA, en coordinacion con la Policia Nacional y con la sociedad civil organizada, dentro del MORDAZA de los dispositivos legales aplicables; Que, asimismo, de acuerdo al articulo 118-H del referido Reglamento, la Gerencia de Salud es el organo de linea responsable de la promocion y direccion de planes, acciones e intervenciones en materia de Salud; asi como de la regulacion de la higiene sanitaria y salubridad de los espacios y/o establecimientos bajo responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito de su competencia y en virtud del MORDAZA normativo sectorial vigente. Esta a cargo de un Gerente quien depende del Gerente Municipal; Que, en dicho contexto, mediante Informe N° 0852014-MML-GS-SVS la Subgerencia de Vigilancia Sanitaria de la Gerencia de Salud, senala la necesidad de reconocer institucionalmente a la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene en Emergencias" con el fin de establecer un espacio de coordinacion que impulse a nivel metropolitano los principios e intervenciones del uso de agua, higiene y saneamiento a nivel de comunidades, vecindarios y espacios donde se agrupan las poblaciones; Que, de igual forma, con Informe N° 230-2014-MMLGSGC-SGDC la Gerencia de Seguridad Ciudadana establece la necesidad de reconocer institucionalmente la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene en Emergencias" a fin de fortalecer y garantizar la sostenibilidad de la participacion de sus integrantes en una emergencia y/o desastre; Que, en ese sentido, resulta necesario crear la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene aen Emergencias" como un espacio de articulacion y el fortalecimiento de la organizacion entre los niveles de: comunidad, gobierno distrital y metropolitano; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20° de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobar el "Protocolo de Actuacion en Agua, Saneamiento e Higiene para Emergencias en MORDAZA Metropolitana", el cual, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 2°.- Reconocer a la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene en Emergencias", a fin de impulsar la practica de gestion adecuada en materia de agua, higiene y saneamiento en emergencias por parte de la poblacion de MORDAZA Metropolitana, autorizando a la Gerencia de Salud a actuar como Secretaria Tecnica de la referida Mesa. Articulo 3°.- Autorizar a la Gerencia de Salud para que establezca la conformacion de la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene en Emergencias" a que se refiere el articulo precedente. La conformacion de la precitada Mesa se realizara mediante Resolucion de la Gerencia de Salud, considerando las competencias y funciones que le asiste a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a la referida Gerencia y a las organizaciones publicas o privadas que conformaren la mencionada Mesa. Articulo 4°.- Los participantes en la "Mesa Metropolitana de Agua, Saneamiento e Higiene en Emergencias" acreditaran la participacion de un representante titular y uno alterno, quienes actuaran de manera ad-honorem. Articulo 5°.- Encargar a la Gerencia de Salud la realizacion de las acciones necesarias para garantizar la implementacion del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 6°.- Disponer la publicacion de la presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y, en el mismo dia, en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El Anexo del presente Decreto de Alcaldia sera publicado en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA NUNEZ MORDAZA Encargado de Alcaldia 1142943-1

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