Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2014 (27/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

533520
del MORDAZA de descentralizacion, por lo tanto deberan estar preparados con el personal idoneo y poder asumir con exito las funciones; Que, el Consejo Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, lnc."a", de la Ley Nº 27867 que senala Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. "a" del Articulos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su funcion normativa, aprobar los documentos de gestion de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ambito administrativo del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion por el Ejecutivo; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Organica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesion de Consejo Regional de MORDAZA de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA RED DE SALUD PUERTO MORDAZA - UNIDAD EJECUTORA - SALUD PUERTO MORDAZA - MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Red de Salud Puerto MORDAZA ­ Unidad Ejecutora ­ Salud Puerto MORDAZA, Organo Desconcentrado del Gobierno Regional MORDAZA, con la implementacion de setentiun (71) cargos presupuestados y la habilitacion de ciento setenticuatro (174) cargos previstos en las diferentes Unidades Organicas creadas, haciendo un total de doscientos cuarenticinco (245) cargos de acuerdo a los MORDAZA conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional por los considerandos expuestos en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Red de Salud Puerto MORDAZA ­ Unidad Ejecutora ­ Salud Puerto MORDAZA, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el articulo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el articulo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 26 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 6 dias del mes de junio del dos mil catorce. MORDAZA R. MORDAZA QUEDO Presidente 1142423-1

El Peruano Sabado 27 de setiembre de 2014

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 017-2013GR.LAMB/CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2014-GR.LAMB/CR Chiclayo, 10 de septiembre de 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha primero de septiembre del ano dos mil catorce, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607; en su Articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, en su Articulo 192º, inciso 1., dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto. Que la Constitucion Politica del Peru en sus articulos 1º, 2º 3º; y, especificamente, en su Articulo 7º, sobre sobre derecho a la salud y proteccion del discapacitado, prescribe que "todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 17-2013GR.LAMB/CR de fecha 19 de diciembre de 2013, en MORDAZA con la vigente Ley, Nº 27050 Ley General de las Personas con Discapacidad, entre otros, se conformo el Comite Regional de Formulacion e Implementacion del Proyecto "Lambayeque con Oportunidades". Que, mediante Oficio Nº 244-2014-GR.LAB-GRPS la Gerencia Regional de Programas Sociales solicita la modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 017-2013GR.LAMB/CR debido al MORDAZA contexto legal vigente, al haber sido derogada la Ley Nº 27050 por la Ley Nº 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad. Asimismo, senala la necesidad de integrar a otras instituciones al citado Comite Regional de Formulacion e Implementacion del Proyecto "Lambayeque con Oportunidades"; por lo que, solicita la reconformacion del indicado proyecto para incorporar nuevas instituciones que vienen brindando apoyo en forma permanente a las personas con discapacidad. Que, el Articulo 15º, inciso a., de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional, el "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- MODIFICAR el tercer considerando de la Ordenanza Regional Nº 017-2013-GR.LAMB/CR de fecha 19 de diciembre del 2013; y, en consecuencia: DONDE DICE: "Que, de conformidad con la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.