Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2014 (28/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 28 de setiembre de 2014

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en aplicacion de lo dispuesto por las normas legales vigentes. Articulo Segundo.- Es responsabilidad del CITV AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 06 de agosto del 2014 06 de agosto del 2015 06 de agosto del 2016 06 de agosto del 2017 06 de agosto del 2018

las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2873-2009MTC/15, de fecha 04 de septiembre de 2009 y publicada el 03 de octubre del mismo ano, se autorizo a la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV para operar con una Linea de Inspeccion: una (01) MORDAZA Mixta en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 2770, Distrito La MORDAZA , Provincia Chiclayo y Departamento de MORDAZA, contando a partir del dia de su publicacion; Que, mediante Parte Diario Nº 113545 de fecha 30 de junio de 2014, la empresa denominada AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., en adelante La Empresa, solicita renovacion de autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular CITV, con una Linea de Inspeccion: una (01) MORDAZA Mixta en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 2770, Distrito La MORDAZA , Provincia Chiclayo y Departamento de MORDAZA, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Oficio Nº 5010-2014-MTC/15.03 de fecha 07 de MORDAZA de 2014 y notificado el 15 de MORDAZA de 2014, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 130241 de fecha 23 de MORDAZA de 2014, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar la renovacion de la autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Mixta, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 22082014-MTC/15.03.CITV, siendo este parte integrante de la presente Resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RENOVAR la autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular a la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 2873-2009MTC/15 por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del 03 de octubre de 2014, para operar con una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 2770, Distrito La MORDAZA , Provincia Chiclayo y Departamento de MORDAZA,

En caso que el CITV AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- El CITV AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Primera renovacion o contratacion de 28 de agosto del 2014 nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de 28 de agosto del 2015 nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de 28 de agosto del 2016 nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de 28 de agosto del 2017 nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de 28 de agosto del 2018 nueva poliza

En caso que el CITV AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", siendo el costo de su publicacion asumido por la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transportes Terrestre 1123855-1

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