Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2014 (29/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 29 de setiembre de 2014

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el listado de las microrredes priorizadas de las Direcciones de Salud, de las Direcciones Regionales de Salud, de las Gerencias Regionales de Salud o su equivalentes en el Ministerio de Salud, el Instituto de Gestion de Servicios de Salud y los Gobiernos Regionales, segun corresponda, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del numeral 3.1 del articulo 3 del Decreto Urgencia 002-2014 y en el Decreto Legislativo N° 1153, que en Anexo adjunto forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de institucional del Ministerio de Salud, en la direccion: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud Anexo.- Listado de microrredes correspondientes a lo senalado en el literal a) del numeral 3.1. del articulo 3° del Decreto de Urgencia 002-2014 a las que les corresponderia percibir la entrega economica priorizada por atencion primaria de salud para el ano 2014
DIRESA/ GERESA/DISA/ IGSS AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

de compensaciones y entregas economicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; Que, mediante los Decretos Supremos N° 223-2013EF, 286-2013-EF y 128-2014-EF se aprueban los montos de la valorizacion priorizada por atencion primaria de salud para los profesionales de la salud, personal de la salud tecnico y auxiliar asistencial, asi como para los profesionales de la salud Quimico que presta servicio en el MORDAZA asistencial de la salud y tecnico especializado de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x, respectivamente, a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153; Que, el articulo 4 de los precitados Decretos Supremos disponen que para el otorgamiento de las valorizaciones priorizadas por atencion primaria de salud, se debe cumplir con el perfil determinado por el Ministerio de Salud, segun lo dispuesto en el literal c) del numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, bajo responsabilidad; Que, mediante los Decretos Supremos N° 0112013-SA y 013-2013-SA se aprueban los perfiles para la percepcion de la valorizacion priorizada por atencion primaria de salud para el personal de la salud a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153, disponiendo en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de los citados Decretos Supremos, que con Resolucion Ministerial, el Ministerio de Salud, en el MORDAZA de la implementacion progresiva del Decreto Legislativo N° 1153 y en coherencia con la disponibilidad presupuestal, aprobara el listado de las microrredes priorizadas de las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud o sus equivalentes, a las que corresponderia percibir la valorizacion priorizada por atencion primaria de salud; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 002-2014 se dictan medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia economica y financiera para estimular la economia nacional, autorizando en el literal a) del numeral 3.1 del articulo 3, adelantar la implementacion de la valorizacion priorizada por Atencion Primaria de Salud a que se refiere el literal c) del numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, para el 50% del tramo programado para el 2015 a que se refiere la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de los Decretos Supremos N° 011-2013-SA y 013-2013-SA, debiendose cumplir con las disposiciones previstas en dichas normas para la percepcion de la referida valorizacion; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 6602013/MINSA se aprobo el listado de microrredes correspondiente a la primera fase de implementacion de la entrega economica priorizada por atencion primaria de salud, considerando como criterio para su identificacion la mayor densidad poblacional, por lo que a fin de continuar con la implementacion y aplicando el mismo criterio se ha identificado un total de 59 microrredes de las Direcciones Regionales de Salud, de las Gerencias Regionales de Salud, de las Direcciones de Salud o su equivalente del Ministerio de Salud; Que, conforme al MORDAZA legal senalado en los considerandos precedentes y a lo informado por la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, Direccion General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante los documentos de Visto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el listado de las microrredes priorizadas del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales para el otorgamiento de la entrega priorizada por atencion primaria de salud; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud, y del Viceministro de Salud Publica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153, el Decreto Legislativo 1161, el Decreto de Urgencia 002-2014, el Decreto Supremo 011-2013-SA, el Decreto Supremo N° 013-2013-SA, el Decreto Supremo 223-2013-PCM, el Decreto Supremo 286-2013-EF, y el Decreto Supremo 128-2014-EF;

N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9

RED CONDORCANQUI HUAYLAS NORTE CONCHUCOS NORTE CONCHUCOS SUR GRAU COTABAMBAS ANTABAMBA AYMARAES ISLAY CAMANA CARAVELLI MORDAZA CONDESUYOS - LA UNION LUCANAS MORDAZA CENTRO CORACORA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SOCOTA MORDAZA BEPECA

MICRORRED KINGKIS MANCOS PAROBAMBA C.R. LLAMELLIN VILCABAMBA HAQUIRA ANTABAMBA MORDAZA MORDAZA LA PUNTA SAN MORDAZA COTAHUASI LUCANAS VILCASHUAMAN CHAVINA TAMBO MACHENTE CHOROS MAGLLANAL BELLAVISTA

10 MORDAZA 11 MORDAZA 12 MORDAZA 13 MORDAZA 14 MORDAZA 15 MORDAZA 16 MORDAZA 17 MORDAZA 18 MORDAZA 19 CALLAO 20 MORDAZA 21 MORDAZA 22 MORDAZA

CANAS-CANCHIS-ESPINAR COMBAPATA LA CONVENCION KIMBIRI PICHARI KAMISEA PICHARI ACOSTAMBO PAUCARBAMBA CASTROVIRREYNA HUAYTARA PUNCHAO CHINCHA NASCA PALPA

23 HUANCAVELICA TAYACAJA 24 HUANCAVELICA CHURCAMPA 25 HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA 26 HUANCAVELICA HUAYTARA 27 MORDAZA 28 ICA 29 ICA 30 ICA HUAMALIES CHINCHA - MORDAZA ICA-PALPA-NAZCA ICA-PALPA-NAZCA

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