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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (13/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Lunes 13 de abril de 2015 550489 año, se dispuso convertir, a partir del 1 de abril de 2015, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito y Provincia de Huari, el 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz, y el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz, en Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio, con sede en Huaraz; y con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ancash. Segundo.- Que, teniendo en cuenta lo expuesto en los informes y reportes estadísticos remitidos por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero.- Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 477- 2015, de la décimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N°108-2015-CE-PJ, de fecha 11 de marzo de 2015, en el extremo que designó al 2°Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito y Provincia de Huari, como órgano jurisdiccional que conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Distrito Judicial de Ancash, a partir del 1 de abril del presente año. Artículo Segundo.- Integrar la Resolución Administrativa N° 108-2015-CE-PJ, de fecha 11 de marzo de 2015, en el sentido que será el Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz que vía conversión conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del Distrito Judicial de Ancash, a partir del 1 de abril del año en curso. La implementación del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio, con sede en Huaraz, Distrito Judicial de Ancash, se efectuará con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente al Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz, 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz, y al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Huaraz, de la referida Corte Superior. Artículo Tercero.- Convertir el Juzgado de la Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Ancash, en 3° Juzgado de la Investigación Preparatoria con sede Huaraz, y con competencia territorial en la Provincia de Huaraz, y en adición a sus funciones actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria Supraprovincial especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios con competencia en todo el Distrito Judicial. Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash a adoptar las medidas necesarias para que las conversiones establecidas precedentemente se realicen cautelando, según corresponda, la conclusión de los juicios orales iniciados en los respectivos Juzgados Penales Unipersonales, a fi n de evitar el quiebre de los mismos, de conformidad con lo preceptuado en la legislación de la materia, y no afectar el normal desarrollo de los procesos objeto de redistribución. Artículo Quinto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adopten las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución, en el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Productividad Judicial, Corte Superior de Justicia de Ancash; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1223149-4 Disponen que la Sala Mixta Descentralizada de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, Corte Superior de Justicia de La Libertad, realice itinerancia a la provincia de Trujillo, para apoyo en descarga procesal de órganos jurisdiccionales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 120-2015-CE-PJ Lima, 25 de marzo de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 195-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial, y el informe remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La libertad, que contiene propuesta de itinerancia de la Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de Sánchez Carrión. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 021-2006-CE-PJ, de fecha 9 de febrero de 2006, se creó la Sala Mixta Descentralizada en la Provincia de Sánchez Carrión, con sede en la ciudad de Huamachuco. La competencia del referido órgano jurisdiccional comprende las Provincias de Sánchez Carrión y Pataz, Departamento y Distrito Judicial de La Libertad. Segundo. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad en la sesión extraordinaria descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la ciudad de Trujillo en el marco de la celebración del Congreso Nacional de Magistrados, solicitó que se autorice la itinerancia de la Sala Mixta Descentralizada de Huamachuco a la ciudad de Trujillo, con la fi nalidad de apoyar en la descarga procesal de las Salas Superiores ubicadas en la sede del Distrito Judicial. Tercero. Que al 31 de diciembre de 2014 la Corte Superior de Justicia de La Libertad tiene 112 dependencias judiciales distribuidas de la siguiente manera: a) 12 Salas Superiores, b) 73 Juzgados Especializados y Mixtos; y, c) 27 Juzgados de Paz Letrados Cuarto. Que conforme a la Directiva N° 013-2014-CE- PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 419- 2014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014, respecto al desempeño de los órganos jurisdiccionales, se tiene que éstos serán evaluados teniendo en cuenta su carga