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El Peruano Jueves 23 de abril de 2015 551136 Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias sólo se aprueban hasta el segundo trimestre del año 2015, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Informe Nº 111-2015-MINCETUR/SG/ OGPPD, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR señala que el crédito presupuestario que fi nancia la Transferencia de Partidas se encuentra previsto en el presupuesto de la Dirección Nacional de Artesanía del Vice Ministerio de Turismo, por lo que considera procedente la misma a favor del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 267 309,00), en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, para la implementación del Programa Presupuestal 0127: “Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos”; en mérito de lo cual a través del Ofi cio N° 245-2015-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 267 309,00), a favor del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, para la implementación del Programa Presupuestal 0127: “Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos”; De conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR a favor del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 267 309,00), para la implementación del Programa Presupuestal 0127: “Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración - MINCETUR PROGRAMA PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los destinos turísticos PRODUCTO 3000664 : Agentes de los destinos turísticos cuentan con servicios para desarrollar una oferta turística competitiva ACTIVIDAD 5005043 : Capacitación y asistencia técnica para la aplicación de buenas prácticas en los prestadores de servicios turísticos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 267 309,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 267 309,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 180 : Centro de Formación en Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Centro de Formación en Turismo PROGRAMA PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los destinos turísticos PRODUCTO 3000664 : Agentes de los destinos turísticos cuentan con servicios para desarrollar una oferta turística competitiva ACTIVIDAD 5005043 : Capacitación y asistencia técnica para la aplicación de buenas prácticas en los prestadores de servicios turísticos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 267 309,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 267 309,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1228478-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO N° 093-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero