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El Peruano Sábado 25 de abril de 2015 551404 Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 271-MDCH Chorrillos, 14 de abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal distrital de Chorrillos en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece expresamente el ejercicio de una autonomía política, económica y administrativa para las municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de los Gobiernos Locales, atributo esencial que se encuentra del mismo modo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, que en su Artículo II del título preliminar, señala que en la autonomía conferida, radica la facultad que tienen las Municipalidades de poder ejercer actos de Gobierno , actos administrativos y actos de administración , los mismos que deben de estar impartidos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente. Que con Informe Nº 254-2015-SGAJ-MDCH, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda modifi car el ROF (Reglamento Orgánico de Funciones) , y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, solo en el extremo de la creación de la Secretaria Técnica la misma que dependerá de la Sub Gerencia de Personal en razón a la revisión de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil y el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM que aprueba el reglamento de la Ley del Servicio Civil. Que, de la revisión de las normas publicadas en diario el Peruano se puede visualizar la modifi catoria de los capítulos XII (De las Faltas y las Sanciones) y XIII (Del Procedimiento Administrativo Disciplinario) del Decreto Supremo Nº 0005-90-PCM, modifi catoria que se dio con la publicación del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057- Ley del Servicio Civil. Asimismo, de la revisión del Decreto Supremo Nº 040- 2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057- Ley del Servicio Civil, se aprecia el artículo 94º que establece: “Las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaria Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Estos servidores, a su vez, pueden se servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares. De preferencia serán abogados y son designados mediante Resolución del titular de la entidad…”. Que, el Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 establece que la administración Municipal adopta una estructura gerencial y por otro lado la misma Ley prevé nuevos órganos dentro de la Organización Municipal , en tal sentido se ha propuesto modifi car el ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, que fue aprobada por Ordenanza Nº170-MDCH de fecha 24 de Abril del 2010 y Modifi cada con la Ordenanza Nº 197-MDCH de fecha 29 de Noviembre del 2011 , con la fi nalidad de simplifi car y mejorar la Organización Municipal. Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto MAYORITARIO de los miembros del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Se aprobó la Siguiente: ORDENANZA Primera.- APROBAR la Modifi catoria del ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, según Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTESE al señor Alcalde para que en cumplimiento de la presente Ordenanza elabore y apruebe los Documentos de Gestión que se requieran para el mejor funcionamiento de la Gestión. Tercera.- DEJAR SIN EFECTO toda la disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN