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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (25/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Sábado 25 de abril de 2015 551399 Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la doctora Lizbeth Diana Arce Corahua, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 395-2014-MP-FN, de fecha 31 de enero del 2014. Artículo Tercero.- Designar al doctor Ernesto Alcides Chávez Rodríguez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Especializado en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima. Artículo Cuarto.- Designar a la doctora Lizbeth Diana Arce Corahua, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 1229610-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Modifican los artículos únicos de las Resoluciones SBS Nºs. 2892-2014 y 5388-2014 RESOLUCIÓN SBS Nº 2115-2015 Lima, 8 de abril de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A., en adelante el Banco, para que se precise que los montos aprobados para la emisión en los programas “Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociable” y “Cuarto Programa de Bonos Corporativos” corresponden a montos máximos en circulación; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar certifi cados de depósito negociables; Que, la Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos fi nancieros a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que para la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, a su vez la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 y sus modifi catorias; Que, según Acta de Sesión de Junta General de Accionistas Nº 003-14-JGA del 19 de febrero de 2014, se aprobó la emisión de instrumentos de deuda del Banco Ripley Perú S.A. hasta por un monto de S/. 450 000 000.00 (Cuatrocientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos, acordando asimismo delegar en el Directorio, durante el periodo comprendido entre el 19.02.2014 y hasta por un (01) año después de dicha fecha, todas las facultades necesarias o convenientes para la determinación, estructuración y ejecución de los programas de emisión y designando a los Sres. Norberto Rossi, Virginia de Amat Huerta, Renato Reyes Chacón y Leonor María Avendaño Arana, para que en representación del Banco, realicen los trámites pertinentes, suscribiendo individualmente y a sola fi rma, los documentos e instrumentos públicos o privados que tengan como propósito llevar a cabo la ejecución y formalización de las emisiones; Que, según Acta de Sesión de Directorio Nº 004-14-DIR del 26 de marzo de 2014, se aprobó por unanimidad “Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos, así como la emisión del Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Banco Ripley Perú S.A. hasta por un monto máximo en circulación de S/. 250 000 000.00 (Doscientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos; Que, mediante Resolución SBS Nº 2892-2014 de fecha 14 de mayo de 2014, esta Superintendencia opinó favorablemente para que el Banco Ripley realice la emisión del “Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo de S/. 200 000 000 (Doscientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos; Que, mediante Resolución SBS Nº 5388-2014 de fecha 15 de agosto de 2014, esta Superintendencia opinó favorablemente para que el Banco Ripley realice la emisión del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo de S/. 250 000 000 (Doscientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, por el Departamento Legal, y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los artículos únicos de las Resoluciones SBS Nº 2892-2014 y Nº 5388-2014, precisando que los montos máximos de las emisiones corresponden a montos máximos en circulación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSEMBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1229183-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo la apertura de oficinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación en los departamentos de Lima, Piura, San Martín, Junín y Ucayali RESOLUCIÓN SBS Nº 2141-2015 Lima, 10 de abril del 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de seis (6) ofi cinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, en los Departamentos de Lima (2), Piura (1), San Martín (1), Junín (1) y Ucayali (1), y; CONSIDERANDO: Que, en Sesión de directorio de fecha 17 de noviembre de 2014 se aprobó la apertura de las referidas ofi cinas especiales;