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El Peruano Sábado 25 de abril de 2015 551394 Que, por las razones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, Director (e) de la Dirección de Investigación y Estudios, a la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, del 26 al 30 de abril del 2015, siendo que los gastos que irrogue el mismo serán cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC; asimismo, resulta necesario encargar las funciones correspondientes; Con el visto del Secretario General, de la Jefa de la Ofi cina General de Administración, y de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, Director (e) de la Dirección de Investigación y Estudios del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, del 26 al 30 de abril del 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Omar Saúl Corilloclla Terbullino Pasajes aéreos (incluidos TUUA) : US$ 1 070,79 Viáticos (x 3 días) : US$ 1 320.00 Total : US$ 2 390.79 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a la exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Encargar las funciones de la Dirección de Investigación y Estudios al señor Antón Sebastian Willems Delanoy del 26 al 29 de abril del 2015. Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1229265-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban corrigendum de Norma Técnica Peruana sobre Establecimiento de Hospedaje RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 38-2015/CNB-INDECOPI Lima, 9 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización de Turismo, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización citado, presentó el Proyecto de Corrigendum de la Norma Técnica Peruana en la fecha indicada: Turismo, 01 PNTP/COR 1, el 21 de enero de 2015 Que, el Proyecto de Corrigendum a la Norma Técnica Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas; Que, la Comisión acorde a lo informado por el mencionado Comité, confi rmó la necesidad de aprobar el Corrigendum a la Norma Técnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros. RESUELVE APROBAR el siguiente corrigendum de la Norma Técnica Peruana: NTP 500.001:2006/COR 1:2015 ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE. Terminología. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Mirando Sousa Díaz e Ítalo Laca Ramos. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1228803-1 Disponen la publicación previa en el portal electrónico del INDECOPI del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Contratación de Terceros Supervisores RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 078 -2015-INDECOPI/COD Lima, 15 de abril de 2015