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El Peruano Sábado 25 de abril de 2015 551403 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de julio del 2014 y marzo del 2015 de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. RENATO EDGARDO BESADA CAVALIE Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos Huánuco RELACION DE LAS 4 CONCESIONES OTORGADAS ENTRE LOS MESES DE JULIO DEL 2014 Y MARZO DEL 2015 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) SUCCHA DOS B) 600000114 C) S.M.R.L. SUCCHA DOS D) 014-2015-GR-HUANUCO/DREMH 11/03/2015 E) 18 F) V1:N8951 E305 V2:N8950 E305 V3:N8950 E304 V4:N8951 E304 2.- A) MILITA01 B) 600005013 C) CALIZA PERU S.A.C. D) 135-2014-GR- HUANUCO/DREMH 17/07/2014 E) 18 F) V1:N8867 E348 V2:N8865 E348 V3:N8865 E347 V4:N8867 E347 3.- A) TRES DE MAYO - 2014 B) 600006113 C) S.M.R.L. TRES DE MAYO - 2014 D) 149-2014-GR-HUANUCO/DREMH 01/08/2014 E) 18 F) V1:N8915 E296 V2:N8915 E298 V3:N8917 E298 V4:N8917 E296 4.- A) PERLA INCA I B) 600006313 C) AGUILAR OLIVOS SERGIO ANDRE D) 204-2014-GR-HUANUCO/DREMH 20/10/2014 E) 18 F) V1:N8967 E504 V2:N8966 E504 V3:N8966 E503 V4: N8965 E503 V5:N8965 E502 V6:N8967 E502 1228551-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Modifican Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 248-MDCH, que estableció beneficio de regularización de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificación en el distrito de Chorrillos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 270-MDCH Chorrillos, 14 de abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTO: en sesión ordinaria de la fecha, con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece expresamente el ejercicio de una autonomía política, económica y administrativa para las municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de los Gobiernos Locales, atributo esencial que se encuentra del mismo modo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que en su Artículo II del título preliminar, señala que en la autonomía conferida, radica la facultad que tienen las Municipalidades de poder ejercer actos de Gobierno, actos administrativos y actos de administración, los mismos que deben de estar impartidos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente. Que, la autonomía política del concejo se trasluce en la capacidad normativa dentro de su jurisdicción, la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante ordenanzas que son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que en la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el artículo 79º inciso 3) ítem 3.6.2 de la Ley Nº 27972 otorga funciones exclusivas a las Municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentra el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica, entre otros. Que mediante ordenanza Nº 248-MDCH se otorgó benefi cio administrativo para la regularización de edifi caciones del distrito de Chorrillos a fi n de formalizar las edifi caciones existentes de uso de vivienda unifamiliar, multifamiliar, vivienda comercio, vivienda-taller, comercios, servicios y locales industriales, sean estas obras completas, ampliaciones y/o remodelaciones que se encuentren en condiciones de habitabilidad y de acuerdo a las normas vigentes, en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y Edifi cación. Que la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano en su Informe Nº 165-2015/GODU-MDCH, señala que resulta necesario la ampliación de la vigencia de la Ordenanza 248-MDCH hasta el 31 de diciembre del 2015, argumentando que por motivos de varias solicitudes de contribuyentes en formalizar su propiedad y con la fi nalidad de brindar facilidades a los ciudadanos del distrito a efectos de que puedan acceder a la formalización de sus construcciones sin la respectiva licencia, es decir no formalizadas y susceptibles a una orden de demolición, no obstante que en algunos casos dichas construcciones se encontrarían dentro de los parámetros normativos vigentes y cumpliendo con las normas de edifi cación y urbanismo, y que sin embargo no se encuentran previstas dentro del ámbito de aplicación del Procedimiento de Regularización de Edifi caciones establecida en la Ordenanza Nº 248-MDCH publicado el 01 de enero del 2014 y que con Ordenanza Nº 253-MDCH con fecha de publicación 17/09/2014 se amplió la Ordenanza Nº 248- MDCH hasta el 31 de diciembre del 2014. Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto UNÁNIME de los señores Regidores del Concejo Municipal, se aprobó la Siguiente: ORDENANZA Primera.- MODIFICAR la segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº248-MDCH hasta el 31 de diciembre del 2015. Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda emitir disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecución y cumplimiento o prórroga de la presente ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General de Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1229185-1