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El Peruano Domingo 26 de abril de 2015 551414 En caso parte o la totalidad de los referidos recursos se encontraran bajo la modalidad de depósitos a plazo u otra modalidad de inversión fi nanciera, la SUNAT entregará al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el cronograma correspondiente de manera que la transferencia de dichos saldos se ejecute en función de los vencimientos de los referidos depósitos. Quedan excluidos de lo dispuesto en el presente literal los intereses o rendimientos generados por estos depósitos o inversiones. 4.2 Los recursos incorporados a la Reserva Secundaria de Liquidez, según lo señalado en el numeral precedente, serán utilizados en el marco de las normas del Sistema Nacional de Presupuesto Público, únicamente para fi nanciar los gastos considerados en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público, de acuerdo a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 5.- Plazo de vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2, el mismo que rige hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Medidas adicionales El Poder Ejecutivo, durante el año fi scal 2015, dictará las medidas que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de los límites de gasto establecidos en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en el Marco Macroeconómico Multianual 2015-2017, y en concordancia con la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal. SEGUNDA.- Incorporación de recursos Autorícese excepcionalmente, durante el año fi scal 2015, que para el uso de los recursos a que se refi ere el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, para los fi nes que establece dicho numeral, tales recursos se incorporan en el pliego Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1229784-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican la R.M. N° 0313-2015- RE, sobre autorización de viaje de funcionaria a EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0323/2015-RE Lima, 24 de abril de 2015 VISTA: La Resolución Ministerial N.° 0313-2015-RE, de 22 de abril de 2015, que autorizó el viaje en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Augusto Ernesto Salamanca Castro, Director de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 de abril al 1 de mayo de 2015, para que asista al 57 Periodo Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA), y a la reunión del grupo de trabajo para la elaboración del Plan de Acción 2016-2020 de la Estrategia Hemisférica sobre Drogas. Asimismo, a participar al diálogo con la sociedad civil “Drogas y Desarrollo”, priorizando un enfoque de integración social; CONSIDERANDO: Que, por necesidad del Servicio, se requiere modifi car la resolución antes mencionada, en lo que respecta al funcionario que asistirá a las citadas reuniones; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 1981, del Despacho Viceministerial, de 24 de abril de 2015; y el Memorando (DGM) N.° DGM0323/2015, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 24 de abril de 2015; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Modifi car la Resolución Ministerial N° 0313- 2015-RE, de 22 de abril de 2015, por el motivo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, quedando redactado de la siguiente manera: “SE RESUELVE: (…) Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Stefany Mariana Cépeda Gonzales, funcionaria de la Dirección de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 de abril al 1 de mayo de 2015, por la razón expuesta en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Stefany Mariana Cépeda Gonzales 1 297,00 440,00 5+1 2 640,00” Artículo 2. Dejar subsistente en todo lo demás el contenido de la Ministerial N.° 0313-2015-RE, de 22 de abril de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1229782-1