Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2015 (26/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 26 de MORDAZA de 2015

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Articulo 2º.- APROBAR la "Guia para el MORDAZA de Seleccion de Representantes de Ciudadanos No Organizados de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud a Nivel Regional", que contiene tres (03) anexos; y que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- DISPONER que la Oficina de Comunicacion Corporativa publique la presente Resolucion y su Anexo I en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- ENCARGAR a la Oficina General de Asesoria Juridica la publicacion de la presente Resolucion y sus Anexos I y II en el MORDAZA Web de SUSALUD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA PHILIPPS MORDAZA Superintendente

de Derechos en Salud remite el proyecto de Bases del MORDAZA de Elecciones de Representantes y el proyecto de Guia para el MORDAZA de Seleccion de Representantes de Ciudadanos No Organizados, de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud a Nivel Regional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014SA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD como organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, de conformidad con los articulos 11° y 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 29344, MORDAZA citado, SUSALUD es una entidad desconcentrada y sus competencias son de alcance nacional, asimismo, tiene entre sus funciones promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud ­ IAFAS; asi como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS - UGIPRESS, en el ambito de su competencia; Que, conforme al articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, SUSALUD con la finalidad de mantener relaciones de coordinacion no vinculante, cuenta con una Junta de Usuarios en representacion de los ciudadanos; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del articulo 8º del referido ROF, en concordancia con el numeral 6) del articulo 19° del Decreto Legislativo N° 1158, que establece que el Consejo Directivo de SUSALUD tiene como funcion aprobar la estructura, funcionamiento, distribucion geografia, conformacion y el procedimiento para la designacion y/o eleccion de los miembros de la Junta de Usuarios; mediante Acuerdo adoptado en la Sesion N° 007-2015-CD de fecha 07 de MORDAZA de 2015, el Consejo Directivo aprobo la estructura de la Junta de Usuarios de Servicios de Salud para las Regiones de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, en un numero de veinticuatro (24) miembros, entre titulares y suplentes; Que, asimismo, en el referida Sesion, el Consejo Directivo acordo delegar en la Superintendente, las facultades para aprobar el instrumento para la eleccion de los representantes de las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud a nivel regional, asi como, para determinar el procedimiento de seleccion de representantes de ciudadanos no organizados para las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud a nivel regional, conforme a lo dispuesto por el literal m) del articulo 8º del citado ROF; Que, por lo expuesto y a fin de continuar con el MORDAZA de implementacion de las Juntas de Usuarios a nivel nacional, se estima pertinente aprobar las "Bases del MORDAZA de Elecciones de Representantes de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud a Nivel Regional", asi como, la "Guia para el MORDAZA de Seleccion de Representantes de Ciudadanos No Organizados de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud a Nivel Regional"; y disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional; Con los vistos del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Promocion y Proteccion de Derechos en Salud, del Intendente de la Intendencia de Promocion de Derechos en Salud y de la encargada de las funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Estando a las facultades conferidas por el articulo 9º y los literales d), i), j) y t) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA; y, a las facultades delegadas por el Consejo Directivo en Sesion N° 0072015-CD. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR las "Bases del MORDAZA de Elecciones de Representantes de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud a Nivel Regional", que consta de dos (02) capitulos, dos (02) disposiciones finales y cuatro (04) anexos; y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolucion.

ANEXO I "BASES DEL MORDAZA DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD A NIVEL REGIONAL" CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Antecedentes La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) es un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, cuya finalidad es promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones MORDAZA otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien las financie; asi como de regular, supervisar, autorizar y registrar a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS , y supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS ­ UGIPRESS, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud. Son funciones del Consejo Directivo como organo MORDAZA de SUSALUD, entre otras, aprobar la estructura, funcionamiento, distribucion geografica, conformacion y el procedimiento para la designacion y/o eleccion de los miembros de la Junta de Usuarios, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1158, articulo 19° y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, articulo 8°. 1.2 Objeto

Elegir a diez (10) de los veinticuatro (24) representantes que integraran la Junta de Usuarios de Servicios de Salud en las distintas regiones que por acuerdo de Consejo Directivo se hayan decidido, bajo la siguiente estructura: - Componente 1: Seis (06) representantes pertenecientes a las agrupaciones de pacientes: cuatro (04) titulares y dos (02) suplentes. - Componente 2: Cuatro (04) representantes pertenecientes a las etapas del ciclo de vida: dos (02) ­ un titular y un suplente - por agrupaciones de los jovenes; y, dos (02) ­ un titular y un suplente - por las agrupaciones de los adultos mayores. 1.3 Conduccion y participacion en el MORDAZA de elecciones 1.3.1 Comite Electoral Es designado por el Consejo Directivo de SUSALUD para la consecucion del MORDAZA de elecciones, constituyendose como la autoridad MORDAZA, autonoma e independiente de esta. Se encuentra integrado por su Presidente, un Secretario y un vocal, todos ellos funcionarios de la institucion. Sus facultades son discrecionales. El cargo de miembro del Comite Electoral es de caracter irrenunciable, salvo impedimento debidamente acreditado.

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