Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2015 (27/04/2015)


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las funciones de los representantes titular y suplente de la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE, en el espacio de representacion. 25.2 PRODUCE procede a convocar al Comite Electoral que estuvo a cargo del MORDAZA electoral respectivo, el que a su vez convoca a la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE que MORDAZA quedado en MORDAZA lugar en el resultado del MORDAZA Electoral, a fin de que asuma la representacion, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos que motivaron su participacion. 25.3 Si la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE que quedo en MORDAZA lugar no acepta la convocatoria del Comite Electoral, o estas o sus representantes no cumplen con los requisitos correspondientes, se procede a convocar a la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE que quedo en tercer lugar en el resultado del MORDAZA Electoral y asi sucesivamente hasta que no MORDAZA participantes. 25.4 Si ninguna de las Asociaciones de las MYPE o Comites de MYPE referidas en el inciso precedente aceptan la convocatoria o si estas o sus representantes no cumplen los requisitos correspondientes, o si en el MORDAZA electoral solo participo una Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE, el Comite Electoral procede de acuerdo al procedimiento por invitacion previsto en el articulo 29 del presente Reglamento. 25.5 En cualquier caso, el reemplazante ejerce la representacion hasta completar el plazo inicialmente previsto, el cual no puede ser mayor al contemplado en el articulo 15 del presente Reglamento. CAPITULO VI CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE REEMPLAZO DE LOS REPRESENTANTES DE LA ASOCIACION DE LA MYPE Y COMITE DE MYPE Articulo 26.- Causales de reemplazo de los representantes de la Asociacion de la MYPE y Comite de MYPE Son causales de reemplazo de los representantes de las Asociaciones de las MYPE y Comites de MYPE elegidos a participar en los espacios de representacion: a) Abandono del cargo sin justificacion. b) Ser condenado por delito doloso. c) Renuncia. d) Fallecimiento. e) Incapacidad fisica o mental permanente que impida cumplir con la funcion asignada. f) Perdida de la condicion de asociado de la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE. g) Otras causales establecidas en los espacios de representacion. Articulo 27.- Procedimiento de reemplazo de los representantes de la Asociacion de la MYPE y Comite de MYPE 27.1 Las Asociaciones de las MYPE y Comites de MYPE se encuentran obligadas a comunicar la ocurrencia de cualquiera de las causales senaladas en el articulo 26 tanto a la entidad publica como a PRODUCE. Dicha comunicacion documentada debe ser enviada por el representante legal de la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE. 27.2 Recibida la comunicacion por PRODUCE, este procede a verificar si efectivamente el representante de la Asociacion de las MYPE o Comite de MYPE se encuentra incurso en alguna de las causales previstas en el articulo 26 y, de ser procedente, dispone la finalizacion de la participacion del representante titular de la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE en el espacio de representacion y habilita la participacion del representante suplente. 27.3 Si el representante suplente en ejercicio se encuentra en cualquiera de las causales establecidas en el articulo 26, corresponde a la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE designar al asociado que lo reemplaza. El Comite Electoral verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 23 del presente Reglamento y propone su acreditacion a PRODUCE, el que acredita su representacion de corresponder. 27.4 Si de la evaluacion efectuada por el Comite Electoral, se verifica que el asociado reemplazante no cumple con los requisitos correspondientes, la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE propone un MORDAZA asociado

El Peruano Lunes 27 de MORDAZA de 2015

las veces que MORDAZA necesarias hasta que se verifique el cumplimiento de los referidos requisitos. Este procedimiento no podra exceder el plazo de treinta (30) dias calendario de verificada la causal por el Comite Electoral. 27.5 Si la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE no presenta candidatos o excede el plazo senalado en el numeral 27.4, se procede de acuerdo al articulo 29 del presente Reglamento. Articulo 28.- Validez de los actos efectuados Los actos realizados por el representante reemplazado se entienden validos siempre que hayan sido efectuados durante su mandato, no siendo necesaria su convalidacion posterior por el MORDAZA representante. CAPITULO VII PROCEDIMIENTO POR INVITACION Articulo 29.- Procedimiento por invitacion 29.1 En caso de declararse desierto un MORDAZA de eleccion, asi como en los supuestos indicados en los numerales 25.4 y 27.5 del presente Reglamento, PRODUCE acredita por invitacion a las Asociaciones de las MYPE o Comites de MYPE en el espacio de representacion, de acuerdo al siguiente procedimiento: a) PRODUCE convoca al Comite Electoral que MORDAZA realizado el MORDAZA Electoral respectivo, el que procedera a cursar las invitaciones a las Asociaciones de las MYPE y Comites de MYPE inscritas en el RENAMYPE y que se encuentren en el ambito territorial del espacio de representacion, en estricto orden de prelacion determinado mediante sorteo con la presencia de Notario Publico. b) Se otorga un plazo hasta de tres (03) dias habiles para que la Asociacion de la MYPE o Comite de MYPE acepte la invitacion y presente a sus representantes, titular y suplente, debiendo acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en los articulos 22 y 23 del presente Reglamento. c) La no aceptacion de la invitacion o el vencimiento del plazo previsto para tal efecto o el incumplimiento del representante de los requisitos a que hace referencia el literal anterior, facultan al Comite Electoral a invitar a la Asociacion de la MYPE o el Comite de MYPE seleccionada en MORDAZA lugar del orden de prelacion resultante del sorteo previsto en el literal a) del presente articulo, y asi sucesivamente. d) Si ninguna de las Asociaciones de las MYPE o Comite de MYPE invitadas acepta la invitacion o estas o sus representantes no cumplen los requisitos correspondientes, el Comite Electoral realiza la invitacion a la Asociacion de MYPE o Comite de MYPE sin registro en el RENAMYPE, que considere. 29.2 Las normas complementarias del presente Reglamento estableceran las disposiciones adicionales aplicables al procedimiento por invitacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- Colaboracion y asistencia de los Gobiernos Regionales y Locales En el MORDAZA de las relaciones de colaboracion previstas en el articulo 76 de la Ley del Procedimiento Administrativo General PRODUCE puede requerir la colaboracion y asistencia de los Gobiernos Regionales y Locales, para la realizacion de los procesos electorales u otras coordinaciones que resulten necesarias. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Facultad de PRODUCE Facultese a PRODUCE a dictar las normas complementarias que se requieran para la implementacion de lo dispuesto en el presente Reglamento dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia del presente Reglamento SEGUNDA.- Informacion sobre las instancias de representacion Las entidades publicas informan a PRODUCE sobre los espacios de representacion que se encuentran bajo

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