Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (27/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Lunes 27 de abril de 2015 551461 NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Contadora Pública Lizet Gladys Miraval Contreras Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-3 Artículo 2º.- Designar en la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican en los cargos que se detallan a continuación: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Contador público Humberto Simón Hilario Yacsavilca Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-4 Médico cirujano Raúl Nalvarte Tambini Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos F-4 Abogado Pablo Manuel Figueroa Marín Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica F-3 Contadora pública Lidia Hermelinda Huaranca Luna Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-3 Médico cirujano Juan José Pagán Atencio Supervisor II de la Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas F-3 Licenciado en Nutrición Luis Enrique Rojas Torres Supervisor II de la Dirección de Educación para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud F-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1229632-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Ucrania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2015 MTC/01.02 Lima, 22 de abril de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa Aero Transporte S.A. con expediente Nº 2015-010766 del 18 de febrero de 2015, y los Informes Nº 132-2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 129- 2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Aero Transporte S.A. ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, la solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Aero Transporte S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 129-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe Nº 132- 2015-MTC/12.04, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30281, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Víctor Augusto Fajardo Camero, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 28 de abril al 01 de mayo de 2015 a la ciudad de Los Ángeles, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en el Informe Nº 132-2015- MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 129-2015-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Aero Transporte S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector autorizado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones