Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2015 (27/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

551462
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes Revision: Original

El Peruano Lunes 27 de MORDAZA de 2015

Fecha: 30.08.10

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DIAS 28 DE MORDAZA AL 01 DE MORDAZA DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 129-2015-MTC/12.04 Y Nº 132-2015-MTC/12.04
ORDEN DE INSPECCION Nº 935-2015MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA Camero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico de Refresco en simulador de vuelo en el equipo B-200, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 3406-3407

AERO 28-Abr 01-May US$ 660.00 TRANSPORTE S.A.

LOS E.U.A. MORDAZA

1229205-1

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 185-2015-MTC/01.02 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa A & S Aviation Pacific S.A.C. con expediente Nº 047469 del 16 de marzo de 2015, y los Informes Nº 147-2015-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y Nº 1432015-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa A & S Aviation Pacific S.A.C. ha presentado ante la autoridad de aeronautica civil, la solicitud para la evaluacion de su personal aeronautico, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa A & S Aviation Pacific S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de

Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe Nº 143-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe Nº 1472015-MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30281, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Coda MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 05 al 09 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de Kiev, Ucrania, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe Nº 1472015-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 143-2015-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa A & S Aviation Pacific S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores autorizados en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

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