Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2015 (02/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de agosto de 2015 /

El Peruano

las construcciones realizadas sin licencia de edificación que cumplen con los parámetros normativos vigentes y puedan ser mantenidos en el tiempo. Que, mediante Memorando Nº 407-2015-GM/MDS, de fecha 22 de mayo de 2015, la Gerencia Municipal hace de conocimiento al Gerente de Desarrollo Urbano y Rural su disposición que hasta el dia martes 26 de mayo de 2015, deberá presentar el Proyecto de Ordenanza, a fin de regularizar las licencias de edificación. Que, mediante Informe Nº 207-2015-MDS/GDUYRLSTH, de fecha 28 de mayo de 2015, la Encargada de la Unidad de Obras Públicas, Obras Privadas, Catastros, Habilitaciones Urbanas y Licencias, informa que a la fecha existe un gran número de vecinos del distrito que por diversas razones han realizado edificaciones, ampliaciones, remodelaciones, demoliciones sin la licencia municipal correspondiente, las cuales de acuerdo a la normatividad vigente podrían verse obligados a demoler lo ejecutado; y, siendo política de esta gestión Municipal, facilitar el acceso a la formalidad a la población que han realizado edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes y reconociendo el importante esfuerzo económico que su población ha efectuado en la construcción de sus viviendas, resulta necesario dictar una norma de carácter temporal, que otorgue la posibilidad de regularizar las edificaciones que no fueron tramitadas dentro del plazo establecido en la ley de Regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ­ Ley Nº 29090 y sus modificaciones, Ley Nº 29300. Ley Nº 29476 y Ley Nº 29898; que permita dar solución en gran parte al problema existente y en forma progresiva erradicar la práctica de las construcciones de edificaciones sin la respectiva licencia en el distrito de Sayán. Que, mediante Informe Legal Nº 143-2015-OAJ/MDS, de fecha 09 de junio de 2015, la Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que mediante acuerdo de Concejo Municipal se debata el Proyecto de "Ordenanza Municipal que establece Beneficio de Regularización Extraordinaria de Edificación Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de Sayán", presentado por la Bach. Arq. Laura Sally Toledo Hijar encargada de la Unidad de Obras Públicas, Obras Privadas, Catastros, Habilitaciones Urbanas y Licencias, a efectos de que emita el dictamen correspondiente. Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº Nº 27972; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA DE EDIFICACION SIN LICENCIA MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE SAYÁN Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece el Beneficio de Regularización Extraordinaria de Edificación sin Licencia Municipal en el distrito de Sayán, que consta de II Capítulos, 10 Artículos y 05 Disposiciones Finales, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, la misma que tiene un plazo de vigencia hasta el 30 de diciembre de 2015. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y demás órganos competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza en todo cuanto les corresponda. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación del Íntegro de la presente Ordenanza, y sus Anexos, en la página web de la institución Municipal (www.munisayan.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1268733-1

Establecen beneficio de tasa única para la aprobación de Licencias de Edificación en el marco del Programa Techo Propio
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2015-MDS/A Sayán, 26 de junio de 2015

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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