Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2015 (13/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 13 de agosto de 2015
ITEM 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN ARANCEL 2012 7604 29 20 00

NORMAS LEGALES

559141

Los demás perfiles de aleaciones de aluminio, excepto perfiles huecos Plomo en bruto con antimonio como otro elemento predominante en peso Plomo en bruto, excepto el refinado y el plomo con antimonio como otro elemento predominante Hojas y bandas, de espesor inferior o igual a 0,2 mm. (sin incluir el soporte), de Plomo Hojas y bandas, de espesor superior a 0,2 mm., planchas de plomo

7801 10 00 00 Plomo refinado, en bruto 7801 91 00 00 7801 99 00 00 7804 11 00 00 7804 19 00 00

Modifican Reglamento para el otorgamiento de subvenciones para los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de Desempeño, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2015-PRODUCE
DECRETO SUPREMO Nº 023-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica, se establecen los lineamientos para la creación, desarrollo y gestión de Centros de Innovación Tecnológica - CITE, con la finalidad de promover el desarrollo industrial, la artesanía, el turismo, y la innovación tecnológica; Que, el artículo 33 de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, autoriza al Instituto Tecnológico de la Producción a otorgar subvenciones para los CITE públicos y privados acreditados con cargo a su presupuesto institucional; asimismo, dispone que la transferencia de recursos se realiza a través de convenios de desempeño suscritos con el Instituto Tecnológico de la Producción, de acuerdo a lo que establezca el Ministerio de la Producción; Que, en las medidas específicas del Eje 3: Expansión de la productividad del Plan Nacional de Diversificación Productiva, se establece como línea de acción, ampliar la oferta de CITE, a fin de proveer servicios de asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías y el cumplimiento de estándares y cofinanciar los servicios de los CITE, para lo cual se firmarán convenios de desempeño en los que se establezcan metas en términos de cobertura y mejora de la productividad; Que, en tal sentido, mediante Decreto Supremo N° 007-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento para el otorgamiento de subvenciones para los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de Desempeño; Que, a través del otorgamiento de las mencionadas subvenciones se pretende incentivar la participación de los CITE en el logro de los fines públicos acorde con el Plan Nacional de Diversificación Productiva, en especial, el que se considera en la línea de acción 1 del Eje 3, Expansión de la productividad, que busca promover un aumento sustancial de la productividad a través del fortalecimiento y ampliación de la oferta de los CITE mediante la cofinanciación de los servicios que prestan; Que, en ese sentido, resulta necesario modificar los artículos 1, 3, 5, 9, 12, 14, 16 del citado Reglamento, con el propósito de mejorar las condiciones dadas para el otorgamiento de las subvenciones para los CITE, a través de la suscripción y ejecución de los convenios de desempeño autorizados en la Ley Nº 30230; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Reglamento para el otorgamiento de subvenciones para los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de Desempeño, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2015-PRODUCE, con el propósito de mejorar las condiciones dadas para el otorgamiento de las citadas subvenciones que permitan el fortalecimiento de los CITE. Artículo 2.- Modificación del Reglamento para el otorgamiento de subvenciones a los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de Desempeño, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2015-PRODUCE

7804 20 00 00 Polvo y partículas, de plomo 7806 00 20 00 Barras, perfiles y alambre, de plomo 7901 11 00 00 7901 12 00 00 Zinc en bruto, sin alear, con un contenido de zinc superior o igual al 99,99% en peso Zinc en bruto, sin alear, con un contenido de zinc inferior al 99,99% en peso

7901 20 00 00 Aleaciones de zinc 7903 10 00 00 Polvo de condensación, de Zinc 7903 90 00 00 Partículas de Zinc; polvos de zinc, excepto el de condensación

7904 00 10 00 Alambres de zinc 7904 00 90 00 Barras y perfiles de zinc 8001 10 00 00 Estaño sin alear 8001 20 00 00 Aleaciones de estaño 8003 00 10 00 8003 00 90 00 Barras y alambres de estaño aleado, para soldadura Perfiles de estaño; Barras y alambres de estaño, excepto para soldadura Volframio (tungsteno) en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado

8101 10 00 00 Polvo de tungsteno (volframio) 8101 94 00 00

8101 96 00 00 Alambre de volframio (tungsteno) 8101 99 00 00 Las demás manufacturas de Tungsteno (volframio) 8102 10 00 00 Polvo de molibdeno 8102 94 00 00 Molibdeno en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado

Barras de molibdeno, excepto las simplemente 8102 95 00 00 obtenidas por sinterizado, perfiles, chapas, hojas y tiras 8102 96 00 00 Alambre de molibdeno 8103 20 00 00 8104 11 00 00 8104 19 00 00 8105 20 00 00 8106 00 11 00 Tantalio en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado; polvo Magnesio en bruto con un contenido de magnesio, en peso, superior o igual al 98,8% Magnesio en bruto, con un contenido de magnesio, en peso, inferior al 98,8% Matas de cobalto y demás productos intermedios de la metalurgia del cobalto; cobalto en bruto; polvo Bismuto en bruto, en agujas

8106 00 19 00 Los demás bismutos en bruto 8107 20 00 10 Cadmio en bruto, en bolas 8107 20 00 90 Los demás cadmio en bruto; polvo 8108 20 00 00 Titanio en bruto; polvo 8109 20 00 00 Circonio en bruto; polvo 8110 10 00 00 8111 00 11 00 8112 12 00 00 8112 21 00 00 8112 51 00 00 8112 92 10 10 8112 92 10 90 Antimonio en bruto; polvo Manganeso en bruto; polvo Berilio en bruto; polvo Cromo en bruto; polvo Talio en bruto; polvo Germanio y vanadio Los demás en bruto; polvo

1273843-1

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