Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2015 (13/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 13 de agosto de 2015
Nombres y Apellidos Médico Cirujano Gloria Alicia Lara Campos Médico Cirujano Aldo Eduardo Baracco Barrios Cargos

NORMAS LEGALES
Nivel F-3

559159

SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 12 de agosto de 2015, al médico cirujano Guillermo Luis Atencio La Rosa en el cargo de Director de Red de Salud de la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho, Nivel F-4, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1273517-3

Jefa de Departamento del Departamento de Patología Clínica y Anatomía Patológica Jefe de Departamento del Departamento de Cirugía

F-3 F-3 F-3

Médico Cirujano Jefe de Departamento del Departamento Raúl Fernando Yauri Ponce de Medicina Interna Médico Cirujano Tania Celis Meléndez Jefa de Departamento del Departamento de Medicina de Rehabilitación

Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1273517-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban transferencia predial interestatal a título gratuito de predio ubicado en el departamento de Lima, a favor de SEDAPAL
SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 487-2015/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 16 de julio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 359-2015/SBNSDDI, que contiene la solicitud delSERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA- SEDAPAL, representado por suGerente General (e) Marcos Vargas Medina, mediante la cual solicita la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TITULO GRATUITO del predio de 276,87 m2, ubicado al norte de la Asociación Santa Clara y de la Asociación Pro Vivienda 11 de Octubre, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, anotado en el Registro SINABIP Nº 23884 del Libro de Lima y con CUS Nº 91645 (en adelante "el predio"); y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante la Ley), y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias (en adelante el Reglamento), así como al Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la calificación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, y tiene como finalidad lograr el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los Artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN.

Designan Director de Red de Salud de la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho, del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 400-2015/IGSS Lima, 12 de agosto de 2015 VISTO: El Expediente N° 15-015607-001; el Informe N° 364-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído N° 345-2015-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Red de Salud de la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho, Nivel F-4, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por lo que resulta necesario designar al funcionario que ostentará dicho cargo; Que, mediante documentos de Visto, la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, emite opinión favorable y recomienda la emisión del acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaria General, de la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos y del Director General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA;

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