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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (20/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 42

559588 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2015 / El Peruano Control del Cumplimiento, del 14 al 19 de setiembre de 2015, para participar en el Cuarto Fórum en Delito Tributario, que se llevará a cabo en la ciudad de Ámsterdam, Países Bajos, los días 16 y 17 de setiembre de 2015. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señorita Ruth Carolina Salcedo Grijalva Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 181,03 Viáticos US $ 1 620,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1276014-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 211-2015/SUNAT Mediante Ofi cio N° 255-2015-SUNAT/1M0100, recibido el 18 de agosto de 2015, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 211-2015/SUNAT, publicada en la edición del 14 de agosto de 2015. En el formato anexo de la Resolución de Superintendencia (página 559250): DICE: “Retención (10%) Impuesto a la Renta: _________” DEBE DECIR: “Retención (....%) Impuesto a la Renta__________” 1276015-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Conforman Equipo Implementador del Plan del Cuadrante Inspectivo y establecen sus funciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 131-2015-SUNAFIL Lima, 18 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe sobre el diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, elaborado por el Equipo de Trabajo conformado según Resolución de Superintendencia Nº 028-2015-SUNAFIL, el Informe Nº 121-2015-SUNAFIL/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 164-2015-SUNAFIL/INII de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva y el Informe Nº 297-2015-SUNAFIL- SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral- Sunafi l, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981 se creó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafi l, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 10º en concordancia con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafi l, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, señala que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la Sunafi l, y tiene como una de sus funciones, aprobar las resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafi l, aspira a contribuir con la erradicación de la informalidad laboral, así como posicionarse como una institución con altos niveles de legitimidad ciudadana en la promoción, protección y supervisión del cumplimiento de los derechos y obligaciones sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo; para ello, resulta estratégico plantear un nuevo modelo de actuación público-privado que focalice y catalice los esfuerzos de ambos sectores en el territorio; Que, en ese sentido, el Plan del Cuadrante Inspectivo es una estrategia operativa territorial orientada a garantizar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo, contribuyendo así a una reducción efi caz de la informalidad laboral. Que, siendo ello así, mediante Resolución de Superintendencia Nº 028-2015-SUNAFIL, de fecha 10 de febrero de 2015, se conformó el Equipo de Trabajo encargado del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, como instrumento de gestión en el ámbito de las competencias de la Intendencia de Lima Metropolitana, orientado a mejorar y fortalecer la función inspectiva de la Sunafi l; Que, el Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, busca constituirse en una herramienta de gestión territorial que catalice no sólo el esfuerzo de la Sunafi l, sino también las actuaciones de otros actores públicos y privados en la lucha frontal contra la informalidad laboral; Que, el Equipo de Trabajo, en virtud del encargo conferido, ha emitido su informe sobre el diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, siendo su fi nalidad, mostrar una síntesis global de los principales resultados y benefi cios identifi cados durante los primeros cuatro meses de ejecución del proyecto, en su fase de diseño y formulación; así como, plantea recomendaciones para una adecuada y efectiva implementación del mismo; Que, dentro de las recomendaciones efectuadas por el Equipo de Trabajo, se encuentran la de conformar un “Equipo Implementador del Plan del Cuadrante Inspectivo (PCI)” con carácter temporal y por un período de 180 días calendarios, defi niéndose sus funciones, y precisándose que, una vez concluido dicho plazo, el Equipo Implementador deberá transferir todo el acervo físico y electrónico generado a la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva (INII) para su correspondiente institucionalización; Que, según lo señalado por el Equipo de Trabajo en su informe, la implementación del Plan del Cuadrante Inspectivo: i) permitirá focalizar y catalizar los esfuerzos públicos y privados conjuntos en el cuadrante, contribuyendo así a reducir de manera efectiva y sostenible los altos niveles de informalidad laboral; ii) orientará la solución de problemas específi cos a cada cuadrante, dado el carácter diverso y heterogéneo de la informalidad laboral del país; y iii) permitirá transitar a una cultura organizacional planifi cadora de la Sunafi l; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva y la Ofi cina