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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (21/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

559678 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2015 / El Peruano ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica DECRETO SUPREMO Nº 233-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos económicos y fi nancieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone que los recursos del mencionado Fondo se incorporan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Decreto Supremo N° 071-2013- EF, se aprueban las Normas de Implementación y Funcionamiento del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología, estableciéndose en sus artículos 4 y 7 que el citado Grupo de Trabajo contará con una Secretaría Técnica encargada, entre otros, de recibir los instrumentos económicos y fi nancieros para evaluación del Grupo de Trabajo, y gestionar la asignación de recursos sobre la base de los acuerdos aprobados; Que, el artículo 15 del referido decreto supremo establece, respecto a la asignación de recursos del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, que una vez fi rmado el Convenio de Gestión al que hace referencia el artículo 14 de la citada norma, la Secretaría Técnica, a través de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, enviará a la Dirección General de Presupuesto Público del citado Ministerio, mediando los órganos correspondientes, el proyecto de Decreto Supremo para la aprobación de la asignación de recursos del aludido Fondo, el que deberá detallar el monto del fi nanciamiento y las entidades públicas destinatarias de dichos recursos, los que se incorporan en los presupuestos institucionales de los pliegos correspondientes en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, asimismo, el artículo 17 del mismo decreto supremo dispone que el seguimiento de la ejecución de los instrumentos fi nanciados por el FOMITEC será anual, y que en los años que no se requiera, de acuerdo al convenio de gestión, una evaluación independiente, será la entidad administradora de recursos del FOMITEC la que presente reportes de avance; adicionalmente, en dicho artículo se indica que a partir del producto del citado seguimiento, el Grupo de Trabajo defi nirá: (i) si se continúa con la asignación de recursos para el instrumento; y (ii) si se solicita la modifi cación del instrumento para ajustarlo a variaciones del entorno en que se ejecuta, o para corregir procedimientos que no resulten adecuados para su óptima operación; Que, mediante Actas N°s 4, 6 y 10 de fechas 09 de julio de 2013, 04 de setiembre de 2013 y 02 de octubre de 2014, respectivamente, el Grupo de Trabajo ha aprobado la selección y priorización de los instrumentos económicos y fi nancieros presentados por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC: a) Formación de Capital Humano Altamente Califi cado, b) Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología, c) Ideas Audaces, d) Centros de Excelencia y e) Atracción de Talentos; asimismo, mediante Acta N° 7 de fecha 16 de octubre de 2013, se aprobaron los Manuales Operativos de los citados instrumentos a ser fi nanciados por el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC, en el marco de las disposiciones establecidas en su reglamento; Que, habiéndose suscrito los Convenios de Gestión a que se refi eren los artículos 14 y 15 de las Normas de Implementación y Funcionamiento del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología, aprobadas por Decreto Supremo N° 071-2013-EF, la Secretaría Técnica del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, a través de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, solicita mediante los Memorandos N°s 246 y 336-2015-EF/62.01, un crédito suplementario a favor del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, con cargo a los recursos del referido Fondo, hasta por la suma de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 738 221,00), para ser destinados a la ejecución de los instrumentos económicos y fi nancieros presentados por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC y que resultaron aprobados y priorizados por el Grupo de Trabajo del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los citados recursos hasta por la suma de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 738 221,00), a favor del pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, vía Crédito Suplementario, para los fi nes indicados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y por el Decreto Supremo N° 071-2013-EF, Normas de Implementación y Funcionamiento del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 738 221,00), a favor del pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, para el fi nanciamiento de los instrumentos económicos y fi nancieros aprobados y priorizados por el Grupo de Trabajo del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma y de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1.4.1 3.1 5 De Fondos Públicos 28 738 221,00 (Recursos provenientes del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC) ------------------- TOTAL INGRESOS 28 738 221,00 =========== EGRESOS: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 114 : Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica UNIDAD EJECUTORA 002 : Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT PROGRAMA PRESUPUESTAL 0137 : Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ACTIVIDAD 5005284 : Apoyo a la Formación a Nivel de Post Grado en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios