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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (28/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

560210 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 / El Peruano personal y/o mediante publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Recursos Humanos, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1280013-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Declaran en situación de desabastecimiento inminente, el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos del distrito y exoneran del proceso de selección correspondiente ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2015-MDB Barranco, 26 de agosto de 2015 VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 566-2015-MDB-GAF/SGLCP de fecha 17 de julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Informe Nº 368-2015- MDB/GDGAYO, de fecha 22 de julio de 2015, emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato; el Proveído Nº 4008-2015-MDB-GAF de fecha 22 de julio de 2015, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; la Carta 084-2015-MDB-GAF-SGLCP, de fecha 30 de julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, la Carta Nº 214-2015-GG-REPERSA, de fecha 31 de julio de 2015, emitido por la empresa REPRESENTACIONES PERUANAS DEL SUR S.A.; el Informe Nº 603-2015-MDB-GAF/SGLCP, de fecha 31 de julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Proveído Nº 4063-2015-MDB-GAF, de fecha 31 de julio de 2015, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº 615-2015-MDB- GAF-SGLCP, de fecha 03 de agosto de 2015; emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Informe Nº 382-2015-MDB/GDGAYO, de fecha 10 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato; el Proveído Nº 4156-2015-MDB- GAF, de fecha 10 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº 681-2015-MDB-GAF/SGLCP, de fecha 21 de agosto de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorándum Nº 428-2015-GPPR/MDB, de fecha 21 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; el Informe Nº 689-2015-MDB-GAF-SGLCP, de fecha 24 de agosto de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Informe Nº 351-2015-GAJ-MDB, de fecha 25 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 949-2015-MDB-GM, de fecha 25 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Barranco es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú. Que, el articulo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, según el artículo 10º de la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos - establece que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, mediante Carta Nº 200-2015-GG-REPERSA de fecha 14 de julio de 2015, la empresa REPRESENTACIONES PERUANAS DEL SUR S.A., comunica “que queda pendiente de recoger S/.1992.46 Toneladas métricas por un monto equivalente a S/.193,268.62, la cual estarías culminando aproximadamente por monto de contrato según la Clausula Tercera: Monto contractual el 31 de julio de 2015”; Que, mediante Informe Nº 368-2015-MDB/GDGAYO, la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, comunica a la Gerencia de Administración y Finanzas que el Contrato Nº 026-2013-MDB está por culminar aproximadamente el 03 de agosto del presente año, antes de lo previsto por haber presentado un incremento en el recojo de residuos sólidos en los últimos seis meses, por tal motivo se solicita la ampliación adicional del 11.7% del monto del contrato original, por la cantidad de 4,434 toneladas, equivalentes a S/.430.098.00, por el periodo aproximado de 75 días calendarios comprendido desde el 04 de agosto hasta el 15 de octubre de 2015, a fi n de convocar el nuevo proceso programado para el presente ejercicio y cumplir con el objeto del contrato. Que, mediante Carta Nº 084-2015-MDB-GAF- SGLCP de fecha 30 de julio de 2015, la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial comunica a la empresa REPRESENTACIONES PERUANAS DEL SUR S.A. la necesidad de proceder a contratar adicionalmente el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos, por los motivos expuestos de la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, el cual mediante Carta Nº 214-2015-GG-REPERSA, de fecha 31 de julio de 2015 acepta contratar adicionalmente solo por el monto de S/.182,248.45, equivalente al 5% del contrato original, comprendiendo el periodo aproximado de 31 días calendarios, cumpliendo a su vez con presentar la documentación obligatoria para su suscripción; Que, mediante Informe Nº 603-2015-MDB-GAF- SGLCP, de fecha 31 de julio de 2015, comunica que conforme a lo aceptado en parte por la empresa, conllevaría a un desabastecimiento inminente, originando un riesgo para el ambiente en términos de salud pública, es por ello que se recomienda se tome las acciones correspondientes, ya que sería un periodo insufi ciente para convocar un nuevo proceso por concurso público, el cual demandaría un plazo aproximado de 120 días calendarios; Que, mediante Informe Nº 382-2015-MDB/GDGAYO de fecha 10 de agosto de 2015, la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato solicita y sustenta la declaración de desabastecimiento inminente del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos, en vista de no contar con el plazo sufi ciente para la convocatoria de un proceso de selección por concurso público y para no correr el riesgo de quedar desabastecidos, por lo que solicita la cantidad de 7,200 toneladas, para cubrir el plazo aproximado de 120 días calendarios, en tanto se lleve a cabo el proceso de selección correspondiente hasta que se suscriba el contrato; Que, mediante Memorándum Nº 428-2015-GPPR/ MDB de fecha 21 de agosto de 2015, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización otorgó la asignación presupuestal por el importe de S/.864,000.00 para el proceso de Exoneración del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos, de acuerdo al valor referencial obtenido del estudio del mercado realizado por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; Que, conforme a lo estipulado en el numeral 4.1 del artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es función de la municipalidad distrital, respecto a temas se saneamiento, salubridad y salud, el administrar y reglamentar, directamente o por concesión