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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (28/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

560213 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 El Peruano / requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modifi cación según lo dispuesto por el numeral 38.3.” Que, mediante Resolución Ministerial Nº 088-2015- PCM, se aprueba el TUPA MODELO de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales; publicado en el diario “El Peruano” con fecha 2 de Abril del 2015, por tal motivo ha sido necesario incorporar cuatro (4) procedimientos administrativos nuevos al TUPA relacionados directamente a la Subgerencia de Defensa Civil de esta entidad edil. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2014- AL/CPB de fecha 23 de Octubre del 2014, se aprobó la denominación, requisitos, y derechos de tramitación de los procedimientos administrativos que compendiados en anexo adjunto forman parte integrante de la referida Ordenanza Municipal, y en el segundo artículo de la misma norma legal, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, con un total de 189 procedimientos que forman parte integrante de la Ordenanza antes señalada. Que, los Gerentes de Rentas, Desarrollo Urbano y Territorial, la Secretaria General, a través de los informes internos dirigidos a la Subgerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, han solicitando la modifi cación de algunos procedimientos administrativos del TUPA-2014, por lo que, luego de un análisis técnico y dentro del marco legal vigente sobre el tema, esta Subgerencia emitió el Informe Nº 051-2015-SGPOM-MPB con fecha 30 de Abril del 2015, el mismo que ha sido ampliado con el Informe Nº 080-2015-SGPOM-MPB de fecha 25 de Junio del presente, en concordancia con el quinto considerando de la presente; dando cuenta de las modifi caciones que se han plasmado en el anexo Nº 01. Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -TUPA 2014 Artículo 1º.- APROBAR, la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA 2014 debiéndose incorporar los nuevos Procedimientos Administrativos, requisitos, derechos de tramitación, plazos para resolver, de acuerdo al detalle del anexo Nº 01, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Territorial, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y las demás unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y sus Anexos correspondientes en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 4º.- DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 023 -2014-AL/CPB en la parte pertinente especifi cado en el anexo Nº 01, en los que contravenga a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 10 días del mes de julio del dos mil quince JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1279909-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Autorizan viaje de Alcalde y Primer Regidor a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 083-2015-MPMN Moquegua, 21 de agosto de 2015 EL CONCEJO PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO - MOQUEGUA” VISTO, en “Sesión Ordinaria” de la fecha, la Carta PER0373/2015 del 20-08-2015 del Banco de Desarrollo de América Latina y el Correo del 20-08-2015 de la Consultoría de Relaciones Internacionales para la Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín-ACI. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el Inciso 11) del Artículo 9º de la Ley 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal Autorizar los Viajes al Exterior del País que, en Comisión de Servicios o Representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier Otro Funcionario; Que, mediante Carta PER0373/2015, el Banco de Desarrollo de América Latina, comunica que CAF tiene actualmente en ejecución como uno de sus objetivos la generación de capacidades entre funcionarios públicos de la Región en temas de Gobernanza para las Instituciones Públicas, por lo que desea apoyar al fortalecimiento de las capacidades de gestión y efi ciencia de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, como parte del proceso de modernización de la Gestión Municipal; por lo que con dicho propósito contribuye con pasajes y viáticos, para que el Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” y el Primer Regidor del Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, participen en el Primer Encuentro Global de Ciudades “Cities For Life”, que se llevará a cabo los días 31 de Agosto de 2015 al 1º de Setiembre de 2015, en Medellín, Colombia; Que, en consecuencia es necesario dictar el correspondiente acto administrativo que Autorice el viaje del Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” y del Primer Regidor del Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” a la Ciudad de Medellín - Colombia; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29- 12-93 y modifi cada por la Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-04-36, el Concejo Municipal en “Sesión Ordinaria” de la fecha; ACORDO: 1º.- Autorizar al Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” Dr. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI, para que viaje a la Ciudad de Medellín - Colombia, del 28 de Agosto de 2015 al 04 de Setiembre de 2015, a fi n de asistir al Primer Encuentro Global de Ciudades “Cities For Life”. 2º.- Autorizar al Primer Regidor del Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” Econ. PEDRO OSCAR MORY UGARELLI, para que viaje a la Ciudad de Medellín - Colombia, del 28 de Agosto de 2015 al 04 de Setiembre de 2015, a fi n de asistir al Primer Encuentro Global de Ciudades “Cities For Life”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1279954-1