Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de agosto de 2015 /

El Peruano

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto del proyecto del Reglamento citado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua

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Disponen la prepublicación del proyecto de "Reglamento para la Elaboración, Aprobación, Ejecución y Supervisión de Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica y Plan Multianual de Inversiones" en el portal web de la ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 227-2015-ANA
Lima, 27 de agosto de 2015 VISTO:

mismo se encuentra próximo a iniciar, resulta necesario se disponga la pre publicación del Reglamento propuesto durante el plazo de quince (15) días; Que, en este contexto, resulta necesario disponer la pre publicación del "Reglamento para la Elaboración, Aprobación, Ejecución y Supervisión de Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica y Plan Multianual de Inversiones, a fin de recibir los aportes y sugerencias que se formulen a la propuesta de norma; Estando a lo opinado por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, con los vistos de la Secretaria General, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dispóngase la pre publicación del proyecto del "Reglamento para la Elaboración, Aprobación, Ejecución y Supervisión de Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica y Plan Multianual de Inversiones", en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, por el plazo de quince (15) días, a fin que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la siguiente dirección electrónica: lapolinario@ana.gob.pe. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto del proyecto de Reglamento citado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.

El Memorándum Nº 1562-2015-ANA-DARH; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 15º numeral 3 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 33º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece que los operadores de infraestructura hidráulica pública, son las entidades, públicas o privadas, que prestan alguno o todos los servicios públicos de regulación, derivación o trasvase, conducción, distribución o abastecimiento de agua. Son responsables de la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica a su cargo; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 30157, Ley de Organización de Usuarios de Agua otorgó a esta Autoridad Nacional del Agua, la facultad de supervisión, fiscalización y sanción, de las funciones de las Juntas de Usuarios, entre ellas respecto del cumplimiento de Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica así como el Plan Multianual de Inversiones y demás instrumentos técnicos; Que, en este sentido, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos mediante documento del visto, propone el "Reglamento para la Elaboración, Aprobación, Ejecución y Supervisión de Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica (POMDIH) y Plan Multianual de Inversiones (PMI)", que tiene por objeto establecer el procedimiento que los Operadores de Infraestructura Hidráulica deberán seguir para formular, aprobar, ejecutar y supervisar el Plan Multianual de Inversiones y el Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica; Que, el artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, dispone que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 30157, Ley de Organización de Usuarios de Agua ha prescrito que esta Autoridad desarrollará un Programa de Extraordinario de Fortalecimiento, a fin de coadyuvar con mejorar el funcionamiento y desempeño de las organizaciones de usuarios así como, se adecuen a las disposiciones previstas en la citada Ley; y siendo que el JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua

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AMBIENTE
Autorizan viaje de servidoras del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 225-2015-MINAM
Lima, 28 de agosto de 2015 Visto; el Memorando N.° 349-2015-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N.° 134-2015VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental, ambos de fecha 28 de agosto de 2015; las Memoranda N° 168 y 1511-2015-MINAM/SG/OPP de 11 de febrero de 2015 y 28 de agosto de 2015, respectivamente, de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; las Solicitudes de Autorización de Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 27 de agosto de 2015, el Segundo Secretario SDR de la Dirección del Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, hace llegar al Ministerio del Ambiente, la Nota Informativa N° 4-2-352/2015, por la cual se hace extensiva la comunicación de le Reunión Técnica Presencial, para la presentación de las propuestas de los Planes de Acción Binacional para la recuperación de zonas ambientalmente críticas de las Cuentas Transfronterizas Catamayo ­ Chira y Puyango ­ Tumbes (contraparte peruana y contraparte ecuatoriana) que se realizará en la ciudad de Loja ­ República de Ecuador, los días 01 y 02 de septiembre de 2015; Que, en el marco de las acciones y compromisos asumidos en el Encuentro Presidencial y VII Gabinete Binacional de Ministros de Peru y Ecuador, realizado el 30 de Octubre del 2014 en la ciudad de Arenillas ­ República de Ecuador, se establecieron diferentes Ejes de trabajo, estando dentro del accionar del Sector, el Eje de Asuntos Ambientales, Energéticos y Minero; que instruye en el Compromiso 49 lo siguiente: "Los Ministerios del Ambiente de Perú y Ecuador, en coordinación con las demás instituciones competentes aprobarán durante el primer semestre del año 2015, el Plan de Acción Binacional para la Recuperación de Zonas Críticas de las cuencas Hidrográficas de los ríos Catamayo-Chira y Puyango-

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